Caso de los ERE

La Audiencia confirma la fianza de 2,2 millones a tres ex directivos de Barbadillo imputados en los ERE

  • Manuel Valdecantos, Pascual Caputto y Manuel Robles recurrieron la resolución de diciembre de 2015 por la que Bolaños pero el tribunal estima que la decisión de la magistrada "está suficientemente motivada".

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la fianza de responsabilidad civil de 2.266.666,66 euros impuesta a tres ex directivos de la empresa Antonio Barbadillo S.A. imputados en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares por las ayudas recibidas por la sociedad Matadero de la Sierra Morena, ubicada en la Sierra Norte de Sevilla, de la que también fueron responsables.

En un auto, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial rechaza así los recursos presentados por las defensas de Manuel Valdecantos, Pascual Caputto y Manuel Robles contra la resolución de diciembre de 2015 en la que la juez María Núñez Bolaños les impuso dicha fianza de manera solidaria.

Asimismo, la instructora declaró la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad Antonio Barbadillo por la cantidad completa de la fianza y de Matadero de la Sierra Morena en la cuantía de 1.150.000 euros del importe de la fianza.

El tribunal asegura en el auto que, en el caso de los recurrentes, "se daban los presupuestos para que se estableciera la medida cautelar" y añade que la decisión adoptada por la magistrada "está suficientemente motivada".

En este sentido, la Audiencia señala que, según los imputados, los responsables civiles subsidiarios ya han garantizado debidamente los supuestos perjuicios que pudiera haber sufrido la Junta por su actuación en dos procedimientos contenciosos seguidos ante el TSJA en relación con las ayudas investigadas.

No obstante, y "como quiera que la imputación" se dirige contra los tres apelantes y no contra Antonio Barbadillo S.A., Matadero Sierra Morena, Al Ballut y Explotaciones Agrícolas Sanluqueñas, la Audiencia considera que "lo ajustado es que la fianza para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse procedentes" del delito de malversación "se exijan respecto a todos ellos".

Y es que la fianza presentada por las responsables civiles subsidiarias ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA "sirve para asegurar la responsabilidad de las mercantiles ante dicha instancia pero no para asegurar la de los señores apelantes", asevera la Audiencia en este auto consultado por Europa Press.

Los imputados recurrieron también al entender que el auto de la fianza no contiene una relación de hechos indiciarios de conductas penalmente antijurídicas, algo que la Audiencia no comparte, ya que la resolución "sí viene a determinar los indicios delictivos que constituyen el presupuesto material para la adopción de toda medida cautelar y que justifican la adoptada al contener motivación suficiente".

Para finalizar, insiste en que "el hecho de que las responsables civiles subsidiarias con su fianza ante la jurisdicción contencioso-administrativa tengan allí aseguradas sus responsabilidades civiles no significa que la garantía se extienda 'per se' a este procedimiento penal", añadiendo que la finalidad de la medida cautelar "no es solo garantizar la reparación del daño sino todas las responsabilidades pecuniarias".

Los hechos

La juez considera que los tres imputados pasaron a "dirigir" Matadero de la Sierra Morena -Caputto y Valdecantos como consejeros solidarios y Manuel Robles como presidente- después de que Antonio Barbadillo adquiriera en noviembre de 2005 más del 70 por ciento de las acciones de esta sociedad, "entidad emblemática" del "tándem" formado por José Enrique Rosendo y José María Sayago "y la que más subvenciones había recibido de la Junta".

Según la juez, en la fecha de la compra de acciones Matadero de la Sierra Morena "había sido beneficiaria en tres años de subvenciones" por importe de 6,3 millones de euros, añadiendo que "el precio pactado" por esta compra fue "formalmente" de 9,7 millones, "aunque existen indicios para deducir que la venta pudo ser por un precio inferior".

"A través de la compra de la mayoría del capital social de Matadero, el grupo Barbadillo controlaría" las entidades Alimentos Tradicionales y Al Ballut, dice Núñez, que asevera que los tres imputados "utilizaron" sus "influencias" en la Consejería de Empleo "a través de su titular Antonio Fernández o incluso en instancias superiores" para conseguir en marzo de 2008 una subvención de 1,1 millones de euros "pese a la reiteración de ayudas de la Junta a esta empresa y las continuas pérdidas".

La instructora señala que, en un correo electrónico dirigido en junio de ese año al entonces director general de Trabajo, Juan Márquez, Manuel Valdecantos "reconocería que había logrado el cobro" de la subvención referida "a través de gestiones realizadas con la Presidencia de la Junta".

No obstante, en octubre de 2008 los imputados mantuvieron una reunión con Juan Márquez y le presentaron una certificación de resolución de Francisco Javier Guerrero de 1,2 millones de euros y otra resolución a favor de Al Ballut de 500.000 euros, acordando posteriormente, y cuando se había realizado el pago de 1,1 millones a favor de Matadero, una "quita" por la que Grupo Barbadillo "aceptaría el pago de 400.000 euros por toda la subvención, no teniendo más que reclamar".

"Al margen del procedimiento legal de subvenciones"

De hecho, el 14 de enero de 2009 "se llegaría a ordenar por la Consejería de Empleo a IDEA el pago a Antonio Barbadillo de los 400.000 euros", pero IDEA "denegó el pago", ante lo que los imputados "anunciaron que ya verían qué es lo que podrían hacer cuando pasaran los cambios en la Junta, pues eran las fechas de cambio de presidente de la Junta". Así, y "pasados dichos cambios", les fueron concedidos 300.000 euros "para Explotaciones Agrícolas Sanluqueñas, perteneciente al grupo Barbadillo".

Según la juez, los inculpados "serían conscientes de que tanto la concesión en 2008 de la subvención de 1,1 millones de Matadero, como el pago de la de Al Ballut, se habrían realizado al margen del procedimiento legal de subvenciones, en este último caso interponiendo como beneficiaria otra sociedad para evitar reiteraciones".

"Además de ello, sin exponer el otorgamiento de tales ayudas, recibirían desde el año 2006 otras subvenciones de agricultura de la Junta de Andalucía", pone de manifiesto la juez.

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