Causa de los avales de IDEA

Bolaños defiende el "avance" del proceso y reprocha el "craso error" de la Fiscalía

  • La juez advierte de que investigar la totalidad de los "avales reglados" concedidos desde 2009 es "sin duda abrir una causa general"

La juez María Núñez Bolaños.

La juez María Núñez Bolaños. / antonio pizarro

Continúa el rifirrafe entre la juez María Núñez Bolaños y la Fiscalía Anticorrupción a costa de la causa de los avales y préstamos concedidos por la agencia IDEA. La titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dictado un nuevo auto en el que rechaza un nuevo recurso del Ministerio Público en el que reclamaba la práctica de una serie de diligencias, tras haber reprochado a la instructora que le denegada “de manera sistemática” la práctica de esas pruebas y que de esa forma la causa no avanzaba.

En el nuevo auto, que tiene fecha del 14 de mayo, la juez acusa a la Fiscalía de “cambiar su petición”, solicitando que se libre oficio a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para que remita un atestado relativo a lo que es el objeto de la causa, pero según Bolaños la Fiscalía “incurre en un craso error al identificar el objeto”, que por otro lado “resulta muy sencillo identificar”.

El objeto de esta causa, prosigue la juez “no es, como dice el Ministerio Público, la concesión y pago de las ayudas consistentes en avales reglados sino la simultaneidad denunciada, simultaneidad de ayudas de Salvamento y ayudas de Reestructuración; así como de ayudas sociolaborales o a empresas con ayudas de salvamento o reestructuración”. Esto es así porque, “como señala la Audiencia Provincial, lo contrario sería abrir una investigación prospectiva y general que está prohibida”, de ahí que primero se pidiera al IFA/IDEA la relación de empresas en las que se constate la simultaneidad denunciada y sólo con relación a estas empresas en las que exista simultaneidad, se remita copia de los expedientes de ayudas de salvamento y/o reestructuración a través de préstamos, ayudas en garantía sobre préstamos y avales en garantía de préstamos concedidos por las entidades financieras, que hubieran sido concedidos por IFA/IDEA en virtud de la delegación de competencias recogida en el artículo 76 de la orden de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de 5 de noviembre de 2008 y órdenes sucesivas.

Con esa relación, se encomendó la elaboración de un informe pericial a la Intervención General de la Junta que, según señala la juez “en el momento actual se encuentra pendiente de recibir”. “Si del mismo se deriva la existencia de irregularidades en la concesión simultánea de ayudas sociolaborales o a empresas con ayudas de Salvamento o Reestructuración, que hubieren sido concedidos por IFA/IDEA en virtud de la delegación de competencias, se acordará sobre posibles personas a investigar y diligencias a practicar”, añade el auto.

La instructora considera que la causa de los avales ha ido avanzando, en contra de lo que sostiene la Fiscalía Anticorrupción

La juez rechaza igualmente la paralización de la causa. “Contrariamente a lo señalado por el Ministerio Público la causa ha ido avanzando en la investigación de los hechos denunciados por la UCO, y ello a pesar de la insistencia del Ministerio Público en realizar diligencias generales y sin ilícito penal específico” porque “no es indicio penal alguno la concesión y pago de avales reglados”.

Para Bolaños, abrir una investigación sobre la “totalidad de los avales reglados concedidos por la agencia IDEA desde el año 2009 es sin duda abrir una inquisitio generalis”, es decir, una causa general.

Por todo ello, la juez desestima el recurso de la Fiscalía, tanto en su petición de oficio a la UCO como en su petición de pericial a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), que limita también a la concesión y pago de avales reglados, “y todo ello sin perjuicio de que tras determinar si existen o no las irregularidades denunciadas por la UCO, la simultaneidad que ponga de manifiesto la existencia de indicios apreciados en la actuación del IFA/IDEA que pudieran llevar a pensar que, de forma arbitraria e irregular, se favorecía a determinadas empresas, o lo que es lo mismo, que de forma arbitraria se desviaban fondos públicos a determinadas empresas de forma irregular y con la única finalidad de favorecer a dichas empresas y a determinadas personas, se remitan los oficios a la UCO y, en su caso, si fuera necesario a tenor de la pericial ya acordada y ratificada por la Audiencia a la IGAE”.

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