Andalucía

El Consultivo rechaza que la promotora del hotel del Algarrobico sea indemnizada

  • Descarta que la Junta deba pagar ni un euro de los cien millones que reclama Azata del Sol por los perjuicios del proyecto fallido

Construcción del hotal en la playa del Algarrobicio, en Carboneras.

Construcción del hotal en la playa del Algarrobicio, en Carboneras. / firma foto

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado que la Junta no tiene que pagar ni un euro de responsabilidad patrimonial a la promotora del hotel en El Algarrobico, en la playa de Carboneras (Almería). La empresa Azata del Sol reclamó ante la Audiencia Nacional casi 100 millones de euros, a pagar de forma solidaria entre el Estado, la Junta y el Ayuntamiento de Carboneras, por los perjuicios sufridos en la tramitación de este fallido proyecto urbanístico.

En su último dictamen, el órgano rechaza las pretensiones económicas de la promotora, al considerar que "no concurre el requisito de antijuridicidad" de los daños que habrían provocado las administraciones con sus actos u omisiones. La empresa denuncia que la "irregularidad" en la actividad administrativa durante las tres décadas en las que se ha desarrollado este hotel ha abocado su proyecto al fracaso, por lo que reclama el pago de 70 millones de euros, más los intereses legales, por los terrenos y el edificio construido en la playa de El Algarrobico. También incluye una petición de 28,8 millones de euros por los proyectos frustrados en los terrenos aledaños al hotel, que el Tribunal Supremo declaró el año pasado como área natural de interés general. Es decir, sería suelo no urbanizable.

La promotora asegura que durante décadas el proyecto contó con los parabienes de las administraciones, por lo que fue aprobado un plan parcial, un proyecto de urbanización, una licencia de obras y unas normas subsidarias del municipio que amparaban la iniciativa urbanística de Azata del Sol.

El Consejo Consultivo admite algunos de estos procedimientos irregulares que se han seguido a lo largo de los años, pero no exime a la empresa de su propia responsabilidad al seguir adelante con una construcción que está en terrenos protegidos y que invade el espacio de servidumbre de la Ley de Costas. "Prefirieron no darse por enterados y materializar una edificación en un claro gesto de política de hechos consumados, de cuya conducta se infiere que han de soportar el daño derivado por incumplir manifiestamente la ley, no procediendo indemnización sino la demolición de lo ilegalmente construido", recoge literalmente el dictamen del Consultivo.

Ésta es la conclusión del órgano consultivo de la Administración autonómica respecto a la invasión de la franja mínima de 100 metros de protección que establece la Ley de Costas. Cuando se aprobó el Plan Parcial de los terrenos, en 1988, esa distancia preceptiva era de 20 metros, pero alega el Consultivo que hay una disposición transitoria que obligaba a cambiar esto: "El Algarrobico debió ser revisado tras la entrada en vigor de la Ley".

Aunque admiten los ponentes de este dictamen que esa revisión correspondía al Ayuntamiento de Carboneras, así como la correcta tramitación de otros instrumentos de planificación urbanística, no puede deducirse que todo ello "autorizara a invadir la franja de 100 metros de servidumbre de protección". A juicio de los letrados "las entidades promotoras no pueden argumentar desconocimiento", porque en sus propios escritos admiten su constancia.

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