Andalucía

Del Río: "Los jueces somos humanos y nos podemos equivocar"

  • El presidente del TSJA reconoce la confusión que provoca en el ciudadano la disparidad judicial, como en el caso Algarrobico.

El jefe de los jueces andaluces entonó ayer una suerte de mea culpa respecto a la confusión que provoca en la ciudadanía la disparidad de sentencias judiciales sobre un mismo caso. "A veces no hacemos las cosas bien, somos humanos y nos podemos equivocar", dijo Lorenzo del Río, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en un programa de Canal Sur.

El magistrado se refería al caso del hotel de Azata ubicado en paraje El Algarrobico, en la provincia de Almería, donde existía un doble pronunciamiento del TSJA a través de dos resoluciones contrarias entre sí y que fue resuelto finalmente el pasado jueves por una sentencia del Tribunal Supremo que establece que el edificio fue construido en suelo no urbanizable y, por lo tanto, deberá ser derribado.

"Los ciudadanos no pueden entender que en un asunto idéntico dos jueces digan lo contrario", espetó Del Río, que reconoció que la polémica que rodeaba el caso supone un mensaje "negativo para el funcionamiento de la justicia" porque la situación "no es la deseable". El líder de los jueces andaluces recordó ante las cámaras de la televisión autonómica que el principio de seguridad jurídica "es una obligación de cara a los ciudadanos".

Después de la mencionada sentencia del Supremo, el proceso de derribo continúa su curso. Ecologistas en Acción solicitó ayer al TSJA que se reactiven los procedimientos pendientes de resolver en relación al paraje de El Algarrobico. Según el escrito presentado ante el Alto Tribunal andaluz, el pronunciamiento del Supremo "ha puesto fin al proceso que motivó la suspensión de las actuaciones" seguidas por este tribunal, por lo que considera que ya es posible "reanudarlas teniendo en cuenta el fallo y los fundamentos de derecho de dicha sentencia".

El escrito recuerda que la sentencia confirma que los sectores ST-1 y ST-2 del planeamiento municipal de Carboneras se ubican en espacio protegido "no urbanizable". En concreto, incide en que el sector ST-1, en el que se asienta concretamente el hotel, está en subzona C1, por lo que se considera así dentro de las áreas naturales de interés general, de acuerdo con el plan de ordenación de recursos naturales (PORN) de 1994.

El TSJA suspendió el procedimiento acumulado en relación a los recursos presentados por Salvemos Mojácar, Ecologistas en Acción y Greenpeace España contra el plan general de ordenación urbana (PGOU) de Carboneras el mismo día en el que se dictó votación y fallo a la espera de que el Supremo resolviera la situación del paraje. En este plan de ordenación los sectores ST-1 y ST-2 correspondientes al paraje en el que se ubica el complejo turístico fueron considerados urbanizables, de forma que su aprobación habría dado vía libre a la construcción de 250 viviendas en la zona. Greenpeace apuntó en su recurso que la declaración de terreno urbanizable contaba con un informe de 2009 en sentido favorable de la Consejería de Vivienda de la Junta de Andalucía.

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