Andalucía

El TSJA rechaza la petición de cárcel contra Luciano Alonso

  • El fiscal añade ahora contra el ex consejero de Cultura la acusación de un delito de falsedad en documento público

Luciano Alonso se dirige al juicio en el TSJA.

Luciano Alonso se dirige al juicio en el TSJA. / pedro hidalgo

Disparidad de opiniones entre la Fiscalía y la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre el castigo que merece ex consejero de Educación, Cultura y Deporte Luciano Alonso por su intervención en el asunto de los directores fantasma de su departamento. El TSJA rechazó ayer la petición de cárcel solicitada por el Ministerio Público, que modificó sus conclusiones provisionales al añadir un delito de falsedad en documento público al de prevaricación administrativa por los nombramientos del director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF) con sede en Jerez y de dos directores de la Filmoteca de Andalucía.

La Fiscalía rebajó de catorce a nueve años su petición de inhabilitación para empleo o cargo público para el ex consejero por el presunto delito continuado de prevaricación administrativa que le atribuye, al haberse producido un "error" en la solicitud de la pena en aplicación de la normativa vigente. El Ministerio Público considera, no obstante, que en el transcurso de la vista oral ha quedado "acreditada" la comisión de un delito de falsedad en documento público y solicitó por ello la pena de cinco años de prisión, multa de 12.000 euros y otros cinco años de inhabilitación para Alonso.

La petición de cárcel por este nuevo delito ha sido calificada de "sorpresiva" y "absolutamente inaceptable" por parte de la defensa del ex consejero, por lo que la suma de este nuevo delito genera a su entender una situación de indefensión. En este contexto, la defensa, que pidió en su momento la libre absolución, solicitó al tribunal que enjuicia el caso en la Sala Civil y Penal del TSJA que no admita este cambio.

El tribunal, presidido por el jefe de organismo, Lorenzo del Río, hizo un breve receso para valorar la petición de la Fiscalía, que finalmente rechazó y que contestará en sentencia, al entender que efectivamente es "sorpresiva" y que supone una tipificación nueva de los hechos que podría haberse realizado inicialmente. Para el tribunal, se trata de una ampliación de la acusación sin aportar elementos, lo que no tiene encaje legal.

Durante esta última sesión del juicio, que quedó visto para sentencia, declararon varios testigos a propuesta de la Fiscalía y la defensa, entre ellos técnicos que aludieron a la legalidad de los nombramientos de Luis Guerrero como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF) y de Alejandro J. Cárdenas y María Centeno como directores consecutivos de la Filmoteca de Andalucía.

Entre los declarantes destacó la que fuera secretaria general técnica de la Consejería de Cultura, que negó que hubiera emitido "alerta" alguna respecto al nombramiento del que fuera director del CAF porque "no había razón para ello" en tanto que se aplicó la normativa vigente. Explicó que, ante las necesidades de reforzar el área de Cultura en la provincia de Málaga, se requirió desde la Consejería una plaza de eventual "que existiera, que tuviera dotación presupuestaria y que estuviera libre", sin más especificidades, requisitos que cumplía la del CAF.

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