Andalucía

Un juez aparta a las instituciones en un caso de maltrato

  • El auto es el primero contra la personación administrativa por violencia de género

EL titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Córdoba ha decidido apartar al Ayuntamiento de la ciudad, a la Junta de Andalucía y a la Abogacía del Estado del caso que se instruye por la muerte de Fuensanta del Pozo, ocurrida el 9 de octubre de 2007. Es la primera vez que se desestima la personación de las administraciones en un caso de violencia de género.

El magistrado explica en el auto de 4 de enero que "no puede admitirse la condición de perjudicado por el delito a los entes públicos", y añade que "si bien existe una loable concienciación de estas administraciones respecto de los delitos de violencia de género, esto no puede conllevar sin más" que se les asimile como afectados.

Este auto del juez llegó ayer por vía de urgencia al orden del día del Pleno celebrado en el Consistorio. Los tres grupos municipales acordaron por unanimidad presentar un recurso de reforma y otro subsidiario de apelación contra el mismo al entender que la Corporación, como ha ocurrido en todos los casos precedentes, debe estar personada para la defensa de las víctimas de la violencia de género. El informe municipal se fundamenta en "una interpretación excesivamente rigorista y formalista" del artículo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "que pudiera pugnar con el principio constitucional del derecho a la tutela judicial efectiva".

Los hechos que se instruyen ocurrieron el pasado 9 de octubre cuando el agresor se dirigió al domicilio de su ex pareja, Fuensanta del Pozo, donde le asestó un corte en el cuello con un cuchillo de cocina. La víctima murió instantes después.

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