Andalucía

La Junta suspende las ayudas al alquiler para personas desahuciadas

  • Las más de 500 solicitudes agotan la disponibilidad presupuestaria prevista para la convocatoria aprobada a principios de año

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha suspendido temporalmente las ayudas al alquiler destinadas a familias desahuciadas de su vivienda, o que están a punto de serlo, y que estén en situación de emergencia social. Esta línea consistente en el pago de una ayuda al alquiler se aprobó mediante una orden el pasado mes de diciembre, cuando la titular de la Consejería era Elena Cortés, de Izquierda Unida.

La Junta presupuestó 2,2 millones de euros para los próximos tres años, pero la llegada de más de 500 solicitudes desde principios de año ha llevado a la Administración autonómica a cancelar las ayudas hasta nuevo aviso. Según informó ayer a esta redacción la Consejería de Fomento y Vivienda, que dirige Felipe López, desde la publicación de la orden hasta ayer se han presentado más de 515 solicitudes, de las que se han resuelto a favor 46 y otros 89 están en trámite de fiscalización.

La Consejería hizo hincapié en que la suspensión de la convocatoria ahora acordada no supone la anulación de la misma, sino que "es un trámite que pretende asegurar la previsión presupuestaria para dar respuesta al medio millar de ayudas presentadas". El propósito es "evitar que algunas solicitudes se queden fuera de percibir esta ayuda en el presente ejercicio, sin menoscabo de su futura atención en el próximo año".

Este departamento garantizó que en los próximos ejercicios "habilitará las partidas presupuestarias necesarias para dar respuesta a estas ayudas para personas en situación de vulnerabilidad". De hecho, añadió que, una vez tramitados todos los expedientes de este año, y si aún existiera disponibilidad presupuestaria, se levantaría esta suspensión "para atender las solicitudes que se presenten a partir de este momento".

Los requisitos de los beneficiarios son, entre otros, haber sufrido una ejecución hipotecaria o de cualquier otra garantía sobre su vivienda habitual; que el lanzamiento genere una situación de emergencia o exclusión social; y que ningún miembro de la unidad familiar sea titular de otra vivienda, precisa la Consejería. La prestación económica puede recibirse durante un máximo de tres años y la cuantía viene determinada por el precio de la vivienda en el mercado, suponiendo un porcentaje de la renta que, en algunos casos puede llegar al 100%.

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