España

La Policía prima que sea posible la repatriación para los ingresos de inmigrantes en los centros de extranjeros

  • Se valorará si el inmigrante tiene domicilio conocido en España, vínculos familiares o hijos menores a su cargo a fin de optimizar la ocupación de los centros, que están al 48% de su capacidad.

La Policía ha emitido una circular para recordar y concretar más los criterios a tener en cuenta antes de solicitar al juez el ingreso de un inmigrante irregular en los cinco centros de internamiento de extranjeros (CIE) que hay en España, actualmente al 48 por ciento de su capacidad. 

Recientemente el Gobierno aprobó una reforma del reglamento de los CIE para garantizar los derechos y libertades de los inmigrantes, que pueden estar un máximo de 60 días (la media de permanencia es de 22 a 23 días), y permitir a las ONG participar en la gestión de la asistencia social y sanitaria del centro. 

Según recuerda la Dirección General de la Policía en un comunicado, la nueva circular establece que las peticiones dirigidas al juez reflejen realmente la situación personal, social y familiar del extranjero, así como la viabilidad de que pueda llevarse a efecto la medida de repatriación. 

El objetivo es optimizar la ocupación de los CIE, con una capacidad limitada de plazas, y la solicitud de ingreso sólo en aquellos casos que se aconseje esta medida cautelar y sea viable la repatriación final, ya que la finalidad del internamientos es asegurar la expulsión, devolución o regreso. 

Actualmente existen cinco CIE en la península -Madrid, Barcelona, Valencia, Murcia y Algeciras- y otros tres en Canarias -Las Palmas, Fuerteventura y Tenerife-. 

Para la Policía, el descenso en la llegada de pateras a las costas españolas, principalmente a Canarias, y la aplicación de estos criterios para solicitar el ingreso en los CIE, ha rebajado las tasas de ocupación, de tal manera que los de la Península se hallan casi al 48 por ciento de su ocupación, tasa que asciende al 66,6 por ciento en Madrid, donde hay 80 internos para 120 plazas. 

Como ya viene ocurriendo, la Policía valorará si el inmigrante tiene domicilio conocido en España, vínculos familiares, hijos menores a su cargo, las consecuencias para él o para su familia tendía la expulsión, si tiene arraigo en nuestro país, si posee pasaporte o si supone un riesgo para el orden público. 

Además, se considerará su edad, si es una mujer embarazada, su estado físico o psíquico, si necesita tratamiento médico o si ha padecido algún tipo de violencia, violación o tortura. 

También se consultarán los listados del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con el objetivo de constar si hay circunstancias que impliquen riesgo para esa persona si regresa a su país. 

La circular también contemplará la posibilidad real de que en el plazo máximo de 60 días ese inmigrante pueda ser expulsado y recuerda que existen otras medidas que no incluyen el internamiento en un CIE y que también pueden ser adoptadas, como la presentación periódica ante el juez o la retirada del pasaporte o documento acreditativo de su nacionalidad. 

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