Jerez

Estévez gana en el Supremo el pleito con la Comisión de la Competencia

  • El alto tribunal da la razón al grupo bodeguero y declara la prescripción de la sanción inicial de 1,2 millones, elevada luego a 1,7 millones, por su presunta participación en el 'cártel del BOB'.

Bodegas Estévez se ha quitado un gran peso de encima. El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón al grupo bodeguero jerezano en su largo litigio con la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por su supuesta participación en el denominado 'cártel del BOB', tercero y último de los macroexpedientes incoados por el organismo estatal en una campaña sin precedentes contra el sector del vino de Jerez y que se saldó con la imposición de sanciones millonarias a una decena de bodegas del Marco, a su patronal Fedejerez y al Consejo Regulador. Según la CNC, las sociedades e instituciones expedientadas infringieron la libre competencia al participar, en mayor o menor medida, en la fijación de precios y reparto de mercado de las marcas blancas de jerez destinadas a la exportación.

El fallo del alto tribunal al recurso de casación interpuesto por Estévez, que pone en entredicho la actuación de Competencia, ratifica la caducidad del procedimiento sancionador declarada con anterioridad por la Audiencia Nacional por su notificación fuera de plazo. Pero a diferencia del fallo de la Audiencia, que sólo estimó parcialmente el recurso contencioso-administrativo de Estévez, el Supremo también declara ahora la prescripción de la sanción de 1,2 millones de euros impuesta a esta bodega.

En el caso de Estévez, se da la paradoja de que, tras desestimar la Audiencia Nacional la prescripción de la sanción, Competencia aprovechó la coyuntura para rehacer el expediente de cero y revisar la sanción al alza, imponiendo en la nueva resolución una multa de 1,7 millones en lugar de los 1,2 millones iniciales.

Es decir, Competencia aprovechó una negligencia suya, la de comunicar fuera de plazo la resolución del expediente a la bodega, para imponerle un mayor castigo, ya que el cálculo de la sanción se establece en función de los resultados económicos de los últimos ejercicios y el paso del tiempo, en este caso, perjudicaba seriamente a Estévez por la evolución de su negocio.

La nueva sentencia abre la puerta a la anulación del segundo expediente, el que contempla una sanción de 1,7 millones, también recurrido por Estévez por vía contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional. En otras palabras, la decisión del TS puede dar definitivamente al traste con los reiterados intentos de la CNC de imponer multas millonarias a Bodegas Estévez.

Se trata, además, de una sentencia sin precedentes que sienta jurisprudencia y para la que la bodega jerezana ha contado con el asesoramiento jurídico de los letrados Leopoldo del Puerto y Jaime Estévez, del despacho Antonio del Puerto Asesores. Contra el fallo judicial únicamente cabe ya el recurso de anticonstitucionalidad, si bien no se aprecian a priori elementos que permitan discutir la constitucionalidad de la decisión judicial, por lo que la bodega considera que se da la estimación plena del recurso contencioso-administrativo interpuesto en su día y la nulidad definitiva de todas las actuaciones y sanciones administrativas.

El fallo del Supremo no entra en el fondo de la cuestión, la existencia o no del supuesto cártel para el reparto del mercado y la fijación de precios del vino que motivó el tercer expediente de Competencia al sector al hilo de la abundante documentación requisada por el organismo estatal en el desembarco de sus inspectores en el Marco -hasta 40 inspectores aterrizaron en Jerez en un avión fletado expresamente para la ocasión- tras una denuncia presentada por Ruiz-Mateos por el denominado cupo de ventas discriminado -el volumen de vino que pueden vender las bodegas en función de sus existencias-.

El primer expediente se ciñó al cupo de ventas y acabó con sanción al Consejo Regulador, pero Competencia tiró del hilo y la documentación hallada en las bodegas e instituciones del sector le llevó a incoar otros dos expedientes, el del cártel del BOB al que atañe la sentencia del Supremo de Estévez, y el de los acuerdos sobre el precio de la uva, que se resolvió igualmente con sanciones al Consejo y a las organizaciones sectoriales de productores y elaboradores, no así contra la Junta de Andalucía, a la que reprendió por abrazar esta práctica a través de los planes estratégicos del sector.

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