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La viceconsejera recurre ante la Audiencia la autorización para entregar miles de correos electrónicos a la UCO

  • Pide la suspensión del volcado de los datos porque considera que se extralimita de la labor encomendada a los agentes y supone una "clara, evidente y flagrante actitud prospectiva".

La viceconsejera de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta María José Asensio ha recurrido en apelación la decisión de la juez de autorizar el volcado de los miles de correos de tres altos cargos y doce funcionarios de la Consejería, al considerar que se trata de una extralimitación de la labor que en su momento se encomendó a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, en una "clara, evidente y flagrante actitud prospectiva" que se corresponde más con una "intención de buscar a ver que delito se puede considerar cometido del examen de los correos electrónicos" y de abrir una “línea de investigación nueva".

En el recurso, aunque va dirigido a la Audiencia, la defensa de la que fuera directora general de Minas pide a la juez de Instrucción número 3 de Sevilla que suspenda ese volcado –previsto para el próximo 23 de marzo- de los datos almacenados en un disco duro de 2 terabytes, con la finalidad de "evitar irreparables perjuicios que la apertura y volcado supondría y en evitación de la vulneración de derechos fundamentales" al haberse solicitado la nulidad del auto que autorizó la intervención de los correos.

La defensa señala en el recurso que "el cometido encomendado a la Guardia Civil no recoge la investigación de los posibles autores de las irregularidades y arbitrariedades que se adivinan por la Audiencia Provincial –en alusión al auto dictado por la juez Mercedes Alaya-, pues de haber querido eso lo hubiese expresado directamente y el mandato hubiese sido generalizado". Así, recuerda que la juez de Instrucción número 3 de Sevilla, Patricia Fernández, ordenó a los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) investigar el "papel real" desempeñado por Minorbis y las "circunstancias reales relacionadas con la factura de honorarios y sus recursos personales, económicos y materiales –desde la presentación de la oferta hasta la adjudicación- para desarrollar o asumir una labor que justifique dicha remuneración".

Por ello, la defensa entiende que la labor investigadora de la UCO se ha de concretar a "un marco muy limitado", el dispuesto por la instructora en ese auto, "aunque ahora pretenda dar carta de naturaleza a la extralimitación de la fuerza policial mediante la remisión al auto revocatorio de la Sección Séptima", precisa el escrito del letrado José María González.

Para la defensa, si se permite la "actual labor de la UCO, se daría la paradoja de que en las misma diligencias previas se están investigando los mismos hechos por dos unidades distintas, la UCO de la Guardia Civil y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), en cuanto al desarrollo del concurso".

Además, la solicitud de las comunicaciones mediante correos electrónico apuntan directamente a la investigación del delito de prevaricación y a "otros ilícitos penales no especificados, principalmente porque ni la propia UCO sabe qué delitos, pues los determinará a raíz de lo que encuentre, lo que es una clara, evidente y flagrante actitud prospectiva, no respecto de la concreta y específica labor que le ha sido encomendada a la UCO en el auto del 31 de octubre de 2016".

Además, esta defensa considera que no se dan los requisitos para adoptar la medida de intervención de los correos, porque "no se trata de un delito doloso que lleve aparejada un límite máximo de, al menos, tres años de prisión", ni se trata de delitos "cometidos en el seno de un grupo u organización criminal, ni en absoluto delitos de terrorismo”.

En este caso, insiste, el único delito que se identifica es el de prevaricación, cuya "penalidad escapa a los presupuestos necesarios establecidos por el artículo 5791. de la ley de Enjuiciamiento Criminal para la adopción de la medida cuya nulidad se está interesando".

El abogado insiste que tanto en la solicitud policial como en el auto que adopta la "medida de injerencia" manifiestan la existencia de "ilícitos penales de un modo genérico y en abstracto que, en modo alguno, se puede considera como lo suficientemente concreto y específico como para considerar la seria posibilidad de la injerencia, atendiendo más bien a consideraciones de investigación prospectiva, pues en modo alguno se especifican los delitos que se investigan que se pudieran haber cometido, sino que la medida se corresponde más con una intención de buscar a ver qué delito se puede considerar cometido del examen de los correos electrónicos del interesado".

Lo que pretende la Guardia Civil es "poseer todos los datos para una línea de investigación nueva en determinación de qué otros hechos ilícitos se pudieran haber cometido por los investigados", asevera el recurso, que precisa que se trata de una investigación que "no se funda en datos objetivos".

En cuanto a la autorización para intervenir los correos, que la juez consideró idónea y proporcionada por cuanto se trata de correos corporativos, el defensor señala que "no hay elementos que se puedan considerar, ni siquiera como meras sospechas para poder llevar a la adopción de una decisión judicial que supone una invasión en la esfera más profunda de los derechos fundamentales".

Sobre las supuestas relaciones de los altos cargos con los empresarios de Magtel, sostiene igualmente que "nos encontramos ante unas meras hipótesis subjetivas o suposiciones de la fuerza actuante (no sabemos si direccionados por la denunciante), que en todo caso corresponden a consideraciones de la esfera subjetiva de los investigadores, careciendo entonces de presupuestos y legitimidad para fundamentar una decisión de la importancia que presupone la acordada por la instructora".

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