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España

La Fiscalía rechaza la "inquisición" de Garzón contra el franquismo

  • El fiscal jefe de la Audiencia Nacional se opone al "disparate jurídico" de acumular miles de hechos delictivos en un procedimiento · Javier Zaragoza admite la "injusticia histórica" que sufrieron las víctimas

La Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó ayer su anunciado recurso de apelación contra el auto del juez Baltasar Garzón en el que se declaró competente para investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo. El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, que firma el escrito, argumenta que la competencia de esa investigación corresponde a los "juzgados de cada territorio" y llega a calificar de "disparate jurídico" que se cuestione la Ley de Amnistía. En cualquier caso, deja claro que reconoce la "injusticia histórica" sufrida por las víctimas y aclara que no se opone a las exhumaciones, pero sí a "una inquisición general".

El Ministerio Público presentó el recurso ante la Sala de lo Penal y no ante el magistrado, a pesar de que el pasado viernes el juez transformó en sumario las diligencias previas, lo que obligaba a la Fiscalía a apelar primero ante el juez. Sin embargo, Zaragoza argumenta su decisión en que el auto por el que Garzón se declaró competente "fue dictado" cuando el procedimiento era unas diligencias previas. "La rápida transformación posterior" en sumario "no puede alterar el régimen de recursos", señala, porque supondría "una flagrante vulneración del derecho", al tiempo que pide que el asunto sea tratado por el Pleno de la Sala de lo Penal y no por un tribunal.

Zaragoza argumenta que los delitos a los que alude Garzón prescribieron con la Ley de Amnistía de 1977 y no constituyen "crímenes de lesa humanidad", como sostiene, por lo que deberían ser investigados por "los juzgados de cada territorio" donde se cometieron. Además, señala que aunque Garzón enmarca todos los hechos en un contexto de crímenes contra la humanidad "no justifica una acumulación de miles de hechos delictivos en un solo procedimiento". "La pretensión de conocer todo y de todos en un solo procedimiento quiebra las más elementales reglas del proceso penal y aboca a una inquisición general prohibida en nuestra Constitución", sostiene.

El fiscal sostiene que los hechos que Garzón pretende investigar no deberían constituir un delito permanente de detención ilegal ya que este delito, a su entender, el cómputo de la prescripción comienza "a partir del momento en que la situación de privación de libertad terminó, bien con la puesta en libertad del sujeto, bien por el notorio fallecimiento del mismo, como sucede en todos estos casos".

"Resulta contradictorio que el ordenamiento jurídico considere a una persona fallecida a todos los efectos y, por otro lado, se acuda a la ficción de considerarle vivo y detenido ilegalmente mientras no aparezca el cadáver", argumenta el fiscal.

Zaragoza también argumenta que en 1936 no existía el "delito contra altos organismos del Estado" con el que Garzón tipificó el Alzamiento Nacional para asumir la competencia de la causa, al tiempo que señala que la acción militar correspondería en todo caso a un delito de rebelión, que "nunca ha formado parte de los delitos contra la forma de Gobierno, ni en el Código Penal de 1932 ni en los posteriores".

La Fiscalía destaca que la localización e identificación de las víctimas de la represión franquista es una "justa pretensión" a la que nunca se ha opuesto.

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