Programa de 'incentivos'

Compromiso de participación

  • Revisión del programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes

La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía acaba de publicar en BOJA la Orden de 10 de octubre de 2008, por la que se modifica la de 20 de febrero de 2008, por la que se regula el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos.

Para explicar las modificaciones que se plantean y contestar a las dudas que surgen en los claustros ante la nueva convocatoria del llamado 'Programa de Incentivos', ha estado en Jerez Pilar Jiménez Trueba, recientemente nombrada Directora General de Ordenación y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación. Tuvimos la oportunidad de asistir a la reunión mantenida el pasado miércoles con los directores y directoras de los institutos, Escuela de Arte, Conservatorio y Escuela de Idiomas de Jerez, a la que también estaban convocadas las personas responsables de las Jefaturas de Estudio, Departamentos de Orientación y dos representantes de los Equipos Técnicos de Coordinación Pedagógica de cada uno de los centros referidos.

Remarcando el carácter voluntario del programa, como tantos otros de la Consejería, se reconoció que el momento en que se presentó en su día el curso pasado no fue quizás el más oportuno (finales de curso en los claustros, celebración inminente de uno de los procesos de oposiciones más significativo de los últimos años, campañas electorales en trámite,...) y, como quiera que se surgieron muchas dudas, se ha procedido a 'recorrer toda Andalucía' para aclarar las cuestiones relativas a la puesta en marcha del plan. Acompañaba a la Directora General el Jefe de Servicio de Ordenación en la Consejería, Jerónimo Carrascal, y el Delegado Provincial de Educación, Manuel Brenes, quienes intervinieron para anunciar las modificaciones que se habrían de publicar en BOJA al día siguiente.

Una de las novedades es que el artículo 4.1 queda redactado de la siguiente forma:

«1. El Claustro de Profesorado decidirá la participación del centro en el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos. A tales efectos se convocará una sesión extraordinaria de dicho órgano colegiado en la que, como único asunto del Orden del Día, se incluirá este punto. Para que el centro pueda participar en el programa se precisará una mayoría de, al menos, los dos tercios de los miembros del Claustro de Profesorado que asistan a dicha sesión y que estén ocupando un puesto de trabajo en la plantilla de funcionamiento del centro.

No participarán en la referida votación los miembros del Claustro de Profesorado que presten servicio en régimen de sustitución, así como el profesorado en régimen de contratación laboral al que se refiere la disposición adicional tercera de la Ley 2/2006 Orgánica de Educación, de 3 de mayo.»

El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 15 de octubre y el 15 de noviembre de cada año, "con objeto de iniciar su desarrollo durante ese mismo curso escolar".

Otro dato significativo es al que se refiere la disposición adicional cuarta que dice que el profesorado que, ocupando una vacante en la plantilla de funcionamiento de un centro, haya disfrutado del correspondiente permiso por maternidad o paternidad y al acumular los días lectivos del referido permiso a los de servicio efectivo en el centro alcance, al menos, cien días lectivos, podrá percibir los incentivos económicos, siendo de aplicación, asimismo, al profesorado que se encuentre en situación de incapacidad laboral transitoria como consecuencia de haber sufrido un accidente laboral reconocido como tal por la Administración competente en la materia en cumplimiento de la normativa específica.

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