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Jerez

La Junta ya rechazó las alegaciones de El Valle sobre el Tempul en 1997

  • La Consejería de Industria dictó entonces que el manantial siguiera siendo gestionado por Jerez y el TSJA avaló luego esa decisión

Exterior de las instalaciones del manantial del Tempul que gestiona Aqualia en suelo de San José del Valle.

Exterior de las instalaciones del manantial del Tempul que gestiona Aqualia en suelo de San José del Valle. / PASCUAL

La guerra del Tempul abierta hace escasas fechas por el Ayuntamiento de San José del Valle, que ha denunciado al Ayuntamento de Jerez y a la Junta de Andalucía ante el TSJA para hacerse con la gestión del histórico manantial de aguas ubicado dentro de su término municipal, ya tuvo una primera escaramuza hace 20 años y de la que, por cierto, no salió muy bien parado el municipio vallense.

El proceso de segregación de San José del Valle de su hasta entonces Ayuntamiento matriz de Jerez se cerró definitivamente el 1 de abril de 1995, cuando el BOJA publicó el decreto de la Junta que ratificaba el nacimiento de este nuevo municipio. Sin embargo, y pese a estar dentro de los límites de término municipal del Valle, el manantial del Tempul siguió bajo gestión del Consistorio jerezano ya que se argumentó entonces -como ahora- que ello venía siendo así desde los tiempos del Rey Alfonso X El Sabio.

Sin embargo, y una vez asentado ya como municipio independiente, el Ayuntamiento de San José plantó cara después de que la Junta, a través de la extnta Consejería de Trabajo e Industria dictara en mayo de 1997 que ese histórico manantial tenía que ser gestionado por la empresa que llevaba las riendas de Aguas de Jerez (por aquel entonces Ajemsa).

En concreto, lo que dictó la Junta era que Ajemsa, tal y como lo había solicitado la propia empresa jerezana seis años antes, asumía los derechos de explotación de lo que técnicamente se conoce como las aguas sobrantes del manantial del Tempul. Y en 1991, la Consejería de Industria también ya había aceptado previamente otro requerimiento de Ajemsa en el que solicitaba la condición de mineral de estas aguassobrantes para su uso doméstico

Tras aquel posicionamiento de la Junta adoptado en mayo de 1997 el Ayuntamiento de San José del Valle impugnó esta resolución de la Administración andaluza ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Pero el tribunal andaluz no tumbó la resolución de la Junta al considerar que, de acuerdo con la ley 29/1985 de 2 de agosto y en el Reglamento de Minas, "el derecho preferente al aprovechamiento de los manantiales o alumbramientos (...) corresponderá a la persona que hubiese instado el expediente para obtener la condición mineral, y es obvio que fue Aguas de Jerez Empresa Municipal S.A. quien instó a dicha declaración en 1988".

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