Jerez

El TSJA da la razón a los arrendatarios de huertos de ocio con otra sentencia

  • La sala de Sevilla ha resuelto un recurso en el que declara nulos los expedientes de desalojo

Una nueva sentencia da de nuevo la razón a los arrendatarios de los huertos de ocio. La sala de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso interpuesto por la administración contra una resolución inicial del Contencioso jerezano, en la que se daba la razón a los adjudicatarios de los huertos al declarar diversos acuerdos de la extinta Gerencia de Urbanismo y del Ayuntamiento relativos a los expedientes de desalojo "nulos de pleno derecho", como indicó el propio abogado de estos ciudadanos, Francisco Pérez Vera. "El tribunal reconoce que la administración se extralimitó al no ser propietaria de los bienes y ahora se nos da la razón. Esos actos son nulos de pleno derecho", subrayó.

En el fallo judicial se reconoce además que dos de los adjudicatarios sí estaban legitimados para poder impugnar el asunto, puesto que les afecta directamente la resolución dictada.

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