Bodegas

La otra victoria del brandy en Europa

  • El nuevo reglamento comunitario de etiquetado de bebidas alcohólicas consagra el método tradicional de envejecimiento del espirituoso por el sistema de criaderas y soleras y recalca su origen vínico

La negociación de la reforma de la OCM (Organización Común de Merc ado) del vino, que se saldó a finales de año en Bruselas con un acuerdo satisfactorio para los intereses de España, en general, y del Brandy de Jerez, en particular, eclipsó el triunfo logrado por el espirituoso jerezano en la otra batalla que se libró en Europa, la del nuevo reglamento comunitario sobre designación, presentación y etiquetado de bebidas espirituosas.

El nuevo texto, aprobado por la Comisión Europea a mediados de diciembre y por el que se regula la presentación y etiquetado de este tipo de bebidas, consagra de un lado el método de envejecimiento del brandy de Jerez por el sistema de criaderas y soleras y, de otro, reconoce explícitamente el origen vínico del espirituoso jerezano como particularidad que lo distingue de otras bebidas espirituosas.

Un resultado, señalan desde el Consejo del Brandy, "muy favorable" para el sector, que tuvo que luchar contracorriente para dar un vuelco a las interferencias que planteaba la propuesta inicial, que no tenía en cuenta el sistema tradicional de producción del brandy de Jerez para su designación, presentación o etiquetado.

Menos satisfactorio, sin embargo, resulta para el Consejo Regulador el hecho de que el reconocimiento de método específico para el sistema de criaderas y soleras se admita para el brandy con carácter general en lugar de limitarlo para uso exclusivo del espirituoso jerezano, el único que lo aplica.

El texto de la propuesta mantiene la clasificación de las bebidas alcohólicas en varias categorías, si bien mejora la propuesta original, en la que se abogaba por una jerarquía basada en la mayor o menor pureza de las bebidas alcohólicas. En la nueva clasificación, uno de los asuntos más controvertidos de las negociaciones mantenidas para la adopción de este reglamento tanto en el Consejo de Ministros como el Parlamento Europeo, el Brandy de Jerez conserva su status al enclavarse junto al ron y el whisky dentro del primer grupo, el de los 'aguardientes', que se definen como aquellos que "incluyen únicamente la forma más pura de productos que no contienen alcohol etílico de origen agrícola y que admiten únicamente aromatizantes naturales", con lo que se resalta su origen único como bebida que procede del vino.

El segundo grupo, el de las 'bebidas espirituosas especiales', admite el contenido de alcohol etílico de origen agrícola y aromatizantes idénticos a los naturales, "aunque únicamente en una forma bien definida y limitada", como ocurre con la ginebra, el vodka o los licores.

En el caso del vodka, otro de los puntos conflictivos de la negociación, únicamente se omitirá en el etiquetado su procedencia cuando se elabore a partir de cereales o patatas, mientras que el basado en otras materias primas llevará la indicación "obtenido a partir de", seguido del nombre de la materia prima utilizada.

Finalmente, el reglamento establece un tercer apartado bajo la denominación 'otras bebidas espirituosas', que son aquellas que pueden contener alcohol etílico de origen agrícola así como aromatizantes, edulcorantes y otras sustancias.

El nuevo reglamento de las bebidas espirituosas, en líneas generales, persigue un doble objetivo, el de ayudar a los productores a comercializar sus productos y el de facilitar mayor información al consumidor.

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