Provincia de Cádiz

El juez insta al Ayuntamiento isleño a revisar las licencias de las torres

  • El fallo no entra en el fondo pero se basa en razones formales para anular el decreto de Alcaldía que rechaza la revisión solicitada por la Junta · El Consistorio recurrirá al TSJA

Dos años y medio después de que estallara la polémica sobre la idoneidad de las torres de La Casería -tres edificios de 16 plantas de altura situados en las proximidades de esta playa isleña y mirando al saco interior de la Bahía- el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos ha dictado sentencia y ha instado al Ayuntamiento a revisar las licencias de obras de las torres aunque deja sin aclarar la cuestión de si las citadas torres son o no legales.

La sentencia ni siquiera entra en el fondo de la cuestión -esto es, la idoneidad y legalidad de las controvertidas torres de La Casería- y se basa únicamente en razones formales y procedimentales para estimar parcialmente el recurso interpuesto por la Consejería de Obras Públicas y Transportes contra el Ayuntamiento isleño, al que le demanda la revisión de oficio de las licencias de obras concedidas en el sector I-Casería Norte con la intención de impugnar así el plan parcial y el desarrollo urbanístico basado en torres de gran altura que el Gobierno municipal prevé para toda esta zona (existen, de hecho, cuatro torres más que aún no han empezado a construirse siquiera).

De "extremadamente sutiles" calificó ayer el portavoz del equipo de gobierno, Francisco José Romero (PA), las razones esgrimidas por la sala a la hora de dictar sentencia ya que el fallo se atiene al decreto de Alcaldía de 16 de mayo de 2006 por el que se desestima la solicitud de revisión de oficio de las licencias planteada por la Delegación Provincial de Obras Públicas. Un trámite que el alcalde, Manuel de Bernardo, abordó conforme al artículo 106 de la Ley 30/1992 cuando debería haberlo realizado basándose en el 102, razón por la que el juzgado de lo contencioso administrativo -sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión- anula la resolución de Alcaldía y, en el fallo, obliga al Ayuntamiento a dar solicitud a la revisión de oficio.

"El juzgado considera que no se debería haber desestimado la solicitud de revisión de oficio (artículo 106) sino inadmitido (artículo 102) -explicó ayer Romero- se trata de una cuestión puramente formal, casi nominal, que para nada entra en el fondo del asunto".

Antes bien, la propia sentencia advierte que "no entrará a valorar, por ser cuestión de fondo, si las determinaciones del Planeamiento aplicadas eran o no ilegales" y que "este juzgado carece de competencia para acordar la nulidad del citado plan parcial al ser un instrumento de planeamiento que constituye una disposición general". Según la sala, el tribunal competente para dirimir esta cuestión (la supuesta ilegalidad de las torres de La Casería) es la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El portavoz del Gobierno municipal recordó ayer que la Junta de Andalucía no llegó nunca a recurrir ni la modificación puntual del PGOU que el Ayuntamiento aprobó para el desarrollo de la zona ni tampoco el plan parcial, razón por la que adquirieron firmeza, y que la actuación cuenta incluso con informes favorables de la Consejería de Medio Ambiente y de Costas. El edil anunció que el Ayuntamiento presentará un recurso de apelación contra esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios