Provincia de Cádiz

Once años de prisión al hombre que mató a su socio en Chiclana

  • La sentencia aplica una atenuante de confesión porque, dice, el homicida "facilitó" ser detenido

José Antonio Mesa, junto a su abogada, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Cádiz.

José Antonio Mesa, junto a su abogada, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Cádiz. / joaquín hernández kiki

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a José Antonio Mesa Benítez a 11 años de prisión por haber matado a Pedro Barragán Hernández el 14 de mayo de 2015 en el bar de Chiclana que éste regentaba y del que era propietario el primero. La sentencia, tras un juicio en el que un jurado declaró al acusado culpable de homicidio, aplica una atenuante simple de confesión que rebaja la pena del máximo posible de 12 años (los solicitados por el fiscal tras el veredicto) a 11.

Mesa acudió al cuartel de la Guardia Civil unos 20 minutos después del crimen y allí confesó que él había matado a su socio. El jurado estimó que ese hecho no tuvo trascendencia alguna en la investigación policial, que ya se cernía sobre él puesto que desde el principio se conocía la identidad del homicida. Pero la sentencia explica que esa confesión sí facilitó la detención, tal como recoge el hecho considerado probado por el jurado, y que eso merece la atenuante simple de confesión.

La resolución condena a Mesa a indemnizar a la familia de la víctima con 360.000 euros

Al personarse en el cuartel, argumenta la sentencia, el acusado facilitó la detención y evitó con ello que hubiera de organizarse una búsqueda por parte de la policía. La doctrina jurisprudencial, añade, sostiene que el reconocimiento de la autoría debe verificarse antes de que el inculpado sepa que está siendo investigado policial o judicialmente como posible autor de los hechos. En el presente caso, afirma la sentencia, "la presentación cumple tal requisito pues no ha quedado probado que conociera que el procedimiento policial desde el primer momento se dirigiera contra él y el acto de confesión de la infracción resultó veraz en lo sustancial aunque hasta el momento del juicio se haya sostenido como justificación que lo hizo por percibir en su mente una realidad distorsionada cuando realmente el jurado ha rechazado tal conclusión".

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia condena también a José Antonio Mesa a indemnizar con 180.000 euros a la viuda de Pedro Barragán y con 60.000 euros a cada uno de los tres hijos del fallecido. Además, le prohibe aproximarse a menos de 300 metros de la viuda e hijos de la víctima y de su domicilio o lugares de trabajo, así como comunicar con ellos por cualquier medio, durante cinco años más de la condena de cárcel.

La sentencia no es firme. Contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). José Antonio Mesa se encuentra en prisión provisional desde que cometió el crimen y se entregó. La resolución acuerda prorrogar esa situación hasta los cinco años y medio. Si el caso llega al TSJA, la sentencia que dicte ese tribunal puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

El veredicto vio probado que Mesa y Barragán se encontraban el 14 de mayo de 2015 en el bar Taberna Lola de Chiclana y que en un determinado momento hubo una discusión entre ambos sobre quién de ellos rellenaba una garrafa de agua para un cliente del establecimiento. Entonces, Mesa cogió un cuchillo de unos 20 centímetros de hoja, se acercó a su socio y, "movido por el ánimo de terminar con su vida", al tiempo que decía "te mato, te mato", le asestó hasta 19 puñaladas de forma indiscriminada.

Pedro Barragán, de 45 años de edad, estaba casado y la pareja tenía tres hijos de 18, 12 y 10 años. Tras apuñalar a la víctima, Mesa salió caminando del bar, dejó el cuchillo en un hueco de una pared, se subió a su coche y se fue a casa de su suegro. Mas tarde, desde allí, al cuartel.

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