Provincia de Cádiz

Una neumática no es un barco

  • La Audiencia rechaza, en contra del criterio de la Fiscalía, aplicar la agravante de uso de buque en el caso de un cargamento de 1,2 toneladas de hachís

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cuatro años y tres meses de prisión a un marroquí porque estima probado que estaba desembarcando fardos de hachís de una embarcación cuando fue detenido en abril de 2007 en Conil. El fiscal solicitó seis años de prisión porque considera que en este caso es aplicable la agravante de uso de buque para transportar la droga. El tribunal no opina lo mismo: la sentencia rechaza aplicar ese subtipo de extrema gravedad y argumenta que un concepto estricto de buque excluye a una embarcación neumática como la que sirvió de medio de transporte en este asunto.

La resolución sí valora el hecho de que la embarcación transportaba un alijo importante: 40 fardos que contenían casi mil trescientos kilos de hachís. Pero razona que la zodiac no denota la disposición de una gran infraestructura delictiva, sino de un medio útil pero al tiempo precario que está a disposición del común de las personas.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Estrella Ruiz, es de la Sección Cuarta. El apartado de hechos probados relata que el acusado, H.O., fue detenido hacia las nueve de la noche en Conil, en el lugar conocido como Pista Nueva, tras ser alertada la Guardia Civil por el sistema SIVE de que una embarcación sospechosa de transportar droga se dirigía a la costa. Los agentes, agrega la resolución, se encontraron con que H. estaba desembarcando bultos junto con otras siete personas no identificadas que lograron darse a la fuga. Al procesado lo detuvieron cuando trataba de hacer lo mismo que sus compañeros.

La droga intervenida procedía del Norte de Marruecos y había sido transportada en una embarcación semirrígida tipo zodiac de siete metros de eslora con un motor fueraborda de 60 cv. El alijo estaba formado por cuarenta fardos que contenían 1.214 kilos de hachís valorados en 1668.000 euros. En el lugar fue localizado Volkswagen Touareg, de propiedad desconocida, al que le habían alterado las placas de matrícula. Era el vehículo destinado a cargar el alijo de hachís y alejarlo de la costa.

El procesado sostuvo en el juicio que su presencia en la costa el día y hora en que llegó el cargamento de hachís fue fortuita: que en realidad sólo trataba de entrar clandestinamente en España como inmigrante y que él viajaba en otra embarcación distinta a la zodiac que coincidió con ésta en la llegada.

El tribunal rechaza esa versión. Afirma que no es convincente porque, entre otras cosas, los agentes que detuvieron al procesado dijeron que lo vieron desembarcando un fardo y que lo arrestaron en un lugar casi inmediato a la embarcación.

El fiscal defendió en el juicio su posición favorable a la agravante de uso de buque e hizo hincapié, según explica la sentencia, en el hecho de que pese a su aparente levedad, la neumática transportó 1,2 toneladas de hachís.

El tribunal explica que no cree que el sentido único de la agravante de uso de buque tenga relación con el transporte de cantidades importantes de droga. Para ello, argumenta, el legislador ya contempla la agravante de notoria importancia.

Además, agrega, quedan fuera de la aplicación de esa agravante "otros medios de transporte como los camiones de transporte internacional que, como es bien sabido en esta zona, son útiles para cargar varios miles de kilos de hachís".

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