Andalucía

La Audiencia defiende a Alaya en la cuestión de los aforados

  • El tribunal argumenta que Alaya debe "apurar y depurar" la investigación antes de elevar el caso al Supremo. La juez busca esclarecer una trama, "no demonizar a sindicatos y políticos".

La Audiencia de Sevilla vuelve a salir en defensa de la juez Mercedes Alaya para avalar su instrucción y su decisión de no inhibirse aún al Tribunal Supremo por la presencia en las investigaciones de aforados como el presidente de la Junta José Antonio Griñán, pese a las peticiones realizadas desde el PSOE para que envíe la causa al Alto Tribunal. En un auto que en principio sólo tenía por objeto resolver sobre la petición de libertad planteada por el dueño de Uniter, José González Mata, los magistrados de la Sección Séptima han aprovechado la ocasión para mostrar su respaldo a la labor de la instructora -cosa que ya han hecho en otras ocasiones en cuestiones de fondo-, al afirmar que esta investigación "no trata de demonizar a sindicatos, empresas o políticos", sino que se centra sobre personas "con nombres y apellidos" que han podido participar en "esa posible trama con absoluta independencia de pertenencia a un sindicato, empresa o partido político y, desde luego, aparte de las loables y fundamentales funciones que cumplen estas instituciones en la sociedad".

El tribunal avala además la decisión de la instructora de no elevar aún la causa al Supremo porque, según argumenta, la jurisprudencia establece que el hecho de imputar a un aforado no implica "per se" la pérdida de la competencia y la jurisdicción. Los magistrados de la Audiencia explican a este respecto que el hecho de que en el transcurso de una instrucción judicial pueda haber indicios de la posible participación en los hechos investigados de una persona aforada "no implica la automática asunción de la competencia para instruir esos hechos del Alto Tribunal o del correspondiente tribunal superior de Justicia".

Así, el magistrado ponente, Juan Romeo, indica que, "salvo que la conducta imputable al aforado sea escindible desde un principio de la del resto de los investigados, el juzgado de instrucción de origen debe apurar y depurar la instrucción practicando cuantas diligencias sean precisas para completar la investigación, no sólo para acreditarlos sino también para determinar el grado de participación que en ellos hubiera podido tener la persona aforada, individualizando la conducta concreta que respecto a ese aforado pudiera ser constitutiva de delito y constando también que haya algún indicio o principio de prueba que pudiera servir de apoyo a tal imputación".

El tribunal destaca que en esta tarea la instructora "puede recibir declaración al aforado si voluntariamente se presta a ello" y señala que en tanto se depura la competencia del Supremo, "nada impediría al aforado que piense que puede quedar involucrado en una investigación judicial salvaguardar su derecho de defensa poniéndose a disposición del juzgado para declarar".

Los jueces aclaran que lo que no puede hacer el instructor es realizar "actos procesales" que en sí mismos determinen ya la sujeción de un aforado a un procedimiento penal, "ya sea la expresión de un juicio formal de inculpación".

La Audiencia defiende a Alaya no sólo de las críticas políticas, sino también de las que proceden de los abogados defensores. En concreto, los jueces lamentan lo que  consideran "excesos dialécticos" y "exabruptos" del abogado Juan Pedro Cosano, que representa del empresario José González Mata, en el recurso contra el auto de prisión dictado por Alaya. "Apreciamos afirmaciones, cuando no preguntas retóricas, que incluyen expresiones, frases que podrían incidir en el terreno de lo delictivo", advierte la Audiencia, que ha decidido deducir testimonio del recurso y remitírselo a la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, para que sea la propia Fiscalía -"que tiene la función de velar por la independencia de los tribunales"- la que "adopte la decisión que estime más ajustada a Derecho" sobre su contenido.

Entre las afirmaciones que rayan el delito, según la Audiencia, estarían la atribución a la juez de que "posiblemente" no desea que González Mata "prestase la fianza y perseguir que se difundiera su imagen esposado y conducido a prisión, aludiendo a objetivos subliminales que esta parte intuye", o atribuirle la "maliciosa intención de querer que ingrese en prisión fijando una fianza que sabe inaccesible para el imputado y que no la podrá prestar porque ya se ha preocupado ella con anterioridad de que así sea", o achacarle el "procurar la muerte civil" del dueño de Uniter, extremo en el que el tribunal recuerda que, según la RAE, procurar es "hacer diligencias o esfuerzos para que suceda lo que se expresa". Los magistrados confiesan que "lamentan profundamente" actuar en relación con la "noble profesión de la abogacía", pero les resulta "insufrible por imposible pasar alto tan grave conducta, absolutamente innecesaria para el correcto, legítimo y necesario ejercicio del derecho de defensa".

El tribunal destaca especialmente tres críticas del letrado a la instrucción de la causa: que se propicie o permitan las "continuas filtraciones durante el secreto de las actuaciones y se demoran decisiones evidentes que conllevarían la pérdida de competencia y jurisdicción", en alusión a la inhibición al Supremo por los aforados; la segunda que se está "poniendo en tela de juicio el papel constitucional de los sindicatos"; y la tercera atribuir a la Guardia Civil un papel de "auténtico oráculo, en el que lo que la Guardia Civil escribe es verdad, va al cielo y no se le aplica la humana capacidad de crítica".

Los magistrados advierten que manifestar que se está poniendo en tela de juicio el papel constitucional de los sindicatos, "aparte de ser una afirmación más propia del titular de un rotativo sensacionalista, rigurosamente no se ajusta a la realidad".

La Audiencia sostiene que la instrucción "no descansa, como pretende el letrado recurrente, en los atestados de la Guardia Civil ni en sus conclusiones, sino en las fuentes de investigación que la señora magistrada instructora bien recibe de ese instituto o bien recaba de organismos públicos" y concluye que la Guardia Civil "no es un oráculo, sino una fuente más de investigación".

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