Caro de los ere

La Audiencia confirma la fianza de 7,2 millones al ex viceconsejero de Empleo Justo Mañas

  • Avala la proporcionalidad de la medida impuesta por Alaya por los "indicios incriminatorios" contra el ex alto cargo.

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la fianza de responsabilidad civil de 7.282.653,31 euros que la juez Mercedes Alaya impuso en octubre de 2013 al ex viceconsejero de Empleo Justo Mañas Alcón, quien se acogió a su derecho constitucional a no declarar ante la magistrada. En un auto, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla desestima el recurso presentado por la defensa de Mañas y confirma la proporcionalidad de la medida cautelar por los indicios contra el ex alto cargo.

Su defensa había alegado que el ex viceconsejero carecía de competencia en materia de ejecución presupuestaria y de Expedientes de Regulación de Empleo, así como que no participó en la elaboración del acuerdo de encomienda de gestión de 2010 y que él mismo ordenó la apertura de procedimientos de información reservada para examinar los expedientes de concesión de ayudas sociolaborales, suspendiendo cautelarmente el pago de pólizas de seguros colectivos.

Frente a estos argumentos, la Audiencia considera que “sin perjuicio de que en su momento puedan ser valoradas tales alegaciones de descargo, las mismas no desvirtúan los indicios incriminatorios -que no pruebas determinantes- apreciados por la magistrada para adoptar las medidas cautelares cuestionadas”. Los magistrados entienden además que “resulta contradictorio que se niegue la responsabilidad del viceconsejero en materia de expedientes de regulación de empleo, y al tiempo se afirme que habría dictado diversas resoluciones precisamente afectantes a tal materia”.

Su pretendida falta de competencia, prosigue el auto, “tampoco se compadece con los indicios obrantes en autos”, como el decreto autonómico 136/2010, que establece que la viceconsejería “debe velar por el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la persona del titular de la Consejería y de los acuerdos tomados en Consejo de Dirección, así como el seguimiento de la ejecución de los programas de la Consejería”.

A ello se añade la “copiosa investigación policial” y las manifestaciones de la ex aserora de Empleo María José Rofa y del ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera, quien aseguró “haber informado al señor Mañaas de las irregularidades existentes cuando se incorporó a su cargo”.

Por todo ello, la Audiencia confirma la fianza impuesta, al existir la “apariencia de antijuricidad” y también el denominado periculum in mora, considerando la eventual demora en el enjuiciamiento de la causa por su complicidad, lo cual “podría dificultar una futura afección de los bienes del imputado a sus posibles responsabilidades pecuniarias”.

La fianza impuesta por la instructora coincide con la cantidad solicitada por la Fiscalía Anticorrupción y el sindicato Manos Limpias, que ejerce la acción popular, y se corresponde con “los pagos indebidos con fondos públicos” para la financiación de pólizas durante su mandato y los acuerdo de refinanciación de las mismas.

La juez Alaya imputó a Justo Mañas, que fue viceconsejero entre 2010 y 2012, tres delitos continuados: malversación de caudales públicos, precaricación y omisión del deber de perseguir delitos. En el relato de la imputación, Alaya le reprochó que a su llegada al cargo ya se habían confeccionado en los últimos meses  “múltiples informes que ponían de manifiesto la caótica situación de la dirección general de Trabajo”, en concreto, uno sobre las empresas de Juan Francisco Trujillo, chófer de Guerrero; así como otros informes internos de la Dirección de Trabajo sobre las ayudas concedidas a empresas de José Enrique Rosendo y José María Sayago –que obtuvieron 32 millones en ayudas para empresas de la Sierra Norte de Sevilla–, y también existía un informe de Price-Waterhouse de mayo de 2009 sobre el asunto, en los que se contaba que se trataba de muchas ayudas a empresas controladas por estos señores, “que muchas de ellas se habían constituido para recibir las subvenciones” y que no se había observado “procedimiento alguno” para la concesión de las ayudas, “como tampoco se había hecho para las demás en dicha década”, apunta Alaya.

El contenido de estos informes fue trasladado a Justo Mañas, continuó entonces la juez, “pues mucho había que cambiar y muchas decisiones que adoptar en la Dirección General”. Cuando la entonces asesora de Empleo María José Rofa, también imputada, se dirigió al viceconsejero para exponerle los problemas que había encontrado y el contenido de estos informes, Mañas respondía que estaba “acostumbrado a este tipo de situaciones y en tono jocoso le contestó: ¿tengo que ir a la Fiscalía?”, recoge la instructora en el relato de imputación.

Ante estos problemas, Mañas “adoptó” la encomienda de gestión, que venía a sustituir el convenio marco de 17 de julio de 2001, pero según la magistrada “ninguna justificación tenía esa encomienda, que  no sirvió más que para aparentar un cambio que en realidad no se produjo porque no se requirió la fiscalización previa de las subvenciones solicitadas y otorgadas como control de legalidad”.

Y lo que es más grave, que Alaya considera “la guinda del pastel”, es que la encomienda se dictó “a sabiendas de una infracción esencial del procedimiento, pues de conformidad con el artículo 105.2 de la ley de Administración de la Junta, “poco antes del comienzo de su cargo, debía haberse aprobado dicha encomienda con carácter previo por el Consejo de Gobierno al pertenecer la agencia IDEA a la Consejería de Innovación y no a la de Empleo”. En ejecución de esa encomienda, “indiciariamente ilegal”, se tramitaron 101 expedientes de subvenciones en 2010 y otros cuatro en 2011.

Alaya concluyó que, además del “uso indebido de fondos públicos”, Justo Mañas que llegó a ser “conocedor” de lo que había acontecido en la Dirección General de Trabajo a su llegada a la misma, “incumplió con el deber legal de poner los hechos en conocimiento de la Justicia desde el conocimiento de la existencia de intrusos recientes”, además de conocer las subvenciones a las empresas del chófer de Guerrero, a las de Rosendo y Sayago, o la subvención a la SAT Virgen del Espino, o en definitiva la ausencia del procedimiento subvencionador, lo que lo convertía en “ilegal y arbitrario”.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios