Sevilla

Condena de 330 años de cárcel para el pirómano de Las Naciones

  • La Audiencia le impone la mayor pena que se recuerda en Sevilla, aunque sólo cumplirá el límite máximo legal de 25 años que fija el Código Penal.

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 330 años de cárcel a Rafael Peña Pavón, de 71 años y apodado El francés, por un delito de estragos y 53 delitos de asesinato en grado de tentativa, en relación con la explosión que provocó en la madrugada del 17 de julio de 2009 y que destruyó parte del bloque y causó lesiones a numerosos vecinos. La condena impuesta es la mayor que se recuerda en la Audiencia de Sevilla, aunque el acusado sólo cumplirá un máximo de 25 años, límite de cumplimiento que fija el Código Penal.

 

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla recoge como hechos probados que los problemas de Rafael Peña con sus vecinos del inmueble ubicado en el número 30 de la calle Arquitecto José Gómez Millán, en la barriada de las Naciones, se remontaban a cinco años antes de que se produjera el incendio, tiempo en el que había mantenido “numerosas discusiones y problemas con algunos de sus convecinos”, en especial con el que ejercía la administración del inmueble y con los sucesivos presidentes de la comunidad de propietarios.

 

El tribunal ha apreciado al procesado una circunstancia eximente incompleta en su conducta, debido al trastorno mental que padece de tipo paranoide junto a ideas delirantes persecutorias que, según los jueces, afectaba a su capacidad de actuar aunque no a la de conocer.

 

Este trastorno se reflejaban en que Rafael Peña pensaba que sus vecinos se estaban "aprovechando de él, haciéndole pagar gastos inexistentes o que no tenía que abonar", al tiempo que entendía que le "envidiaban por su buena situación económica". Fruto de estos pensamiento el acusado concibió la idea de "vengarse de sus vecinos", a algunos de los cuales llegó a advertir de palabra e incluso por escrito de las consecuencia desastrosas que iba a ocasionar su posición, haciendo alusión a la idea de prender fuego al edificio, a él mismo, y destrozar el inmueble.

 

Dicen los jueces que esa idea fue "fraguando y ganando fuerza en el acusado, hasta resolver llevarla a cabo efectivamente" para provocar la destrucción del edificio y la muerte de las personas que se encontraran habitándolo en ese momento, "cuyo resultado lo aceptaba como posible".

 

Para ello hizo acopio en su domicilio de bombonas de gas butano, disolvente y gasolina que fue adquiriendo poco a poco y almacenándola en su domicilio, perfectamente distribuida en bidones de dos y 20 litros de capacidad.

 

El 16 de julio de 2009, El francés se encontró con el administrador, al que pidió que retirara la denuncia que le había puesto y ante su negativa, el acusado "pensó que era el momento de realizar el escarmiento proyectado", por lo que en la madrugada siguiente, del 17 de julio, preparó dos habitáculos, uno en su propio domicilio, donde colocó seis bombonas así como dos botellas de gasolina y un bidón de 20 litros; y el segundo en el cuarto de contadores ubicado en la planta baja del edificio, donde colocó otra bombona con el regulador abierto para que escapara el gas y una botella de gasolina.

 

También colocó varios artefactos incendiarios, a modo de cócteles molotov en el interior del ascensor, en el rellano de la planta baja y otros dos artefactos en la primera planta.

 

El acusado era consciente de que esa noche dormían en el edificio la mayoría de sus vecinos y, a pesar de ello, prendió fuego a los artefactos de la planta baja, y lanzó una botella con gasolina en el cuarto de contadores, lo que provocó una fuerte deflagración que destruyó totalmente dicha habitación. Rafael Peña se quedó esperando en la calle hasta asegurarse de que se producía la primera explosión y, a continuación, se marchó del lugar. 

 

La Audiencia considera que todos los artefactos fueron "minuciosamente preparados" por el acusado para que, al producirse la primera deflagración, el fuego se propagara rápidamente por todo el edificio, alcanzando a su vez a los distintos artefactos explosivos colocados, de modo que "las personas que se vieran afectadas por las explosiones y por el fuego no pudiera huir y quedaran atrapadas en el interior del edificio". Pero ese efecto devastador no llegó a producirse debido a la rápida intervención de la Policía Nacional y la Policía Local, los Bomberos y los efectivos de los Tedax que acudieron al lugar y pudieron sofocar el incendio antes de que las llamas alcanzaran la vivienda del acusado y los artefactos que había distribuido por su piso y que fueron neutralizados.

 

Como consecuencia del incendio varias personas sufrieron quemaduras de segundo grado, otras fueron afectadas por la inhalación de humos y sufrieron crisis de ansiedad, y se causaron además daños valorados en 238.950,77 euros, que tendrá que pagar el acusado.

 

Los vecinos tuvieron que abandonar sus domicilios e ir a vivir temporalmente a otro lugar hasta que se restablecieron los suministros de luz y agua, y el servicio de ascensores, teniendo que contratar además un vigilante de seguridad para proteger sus viviendas.

 

En el juicio, Rafael Peña declaró que actuó "como un sonámbulo" y que no deseaba matar a nadie, sino sólo "dar un escarmiento" a los vecinos después de varios años de desavenencias. Rafael El francés reconoció que repartió bombonas, disolvente y gasóleo por el cuarto de contadores y varios rellanos, pero al final "tuvo miedo" y sólo prendió los colocados en su propia vivienda.

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