Andalucía

Fomento concede 8,46 millones en ayudas a la rehabilitación de edificios

  • De las 251 comunidades que recibirán subvención, 222 dedicarán los fondos a la instalación de ascensores en el inmueble

Felipe López

Felipe López / efe

La Consejería de Fomento y Vivienda ha culminado en toda Andalucía la tramitación de la convocatoria de 2016 de ayudas para la rehabilitación de edificios residenciales, con la concesión de 8,46 millones de euros a 4.018 familias residentes en 251 comunidades de vecinos de 42 municipios de las ocho provincias. Una vez finalizado este proceso, los destinatarios podrán comenzar las obras y recibir los incentivos próximamente.

Del total de subvenciones 222 corresponden a actuaciones de accesibilidad, concretamente a la instalación de ascensores. Esta línea de ayudas establece como beneficiarias las comunidades en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el Iprem. La cuantía máxima de la subvención por edificio es del 35% del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyen ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la misma, se puede alcanzar el 50%.

Entre los trabajos susceptibles de ser cofinanciados por la Administración están las obras para la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración y ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes. También se contempla la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables -solar, biomasa o geotérmica-, la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación, la instalación de reductores de agua, así como el acondicionamiento de instalaciones para la separación de los residuos domésticos en el interior de los domicilios y en los espacios comunes de las edificaciones.

En cuanto a las actuaciones subvencionables en materia de accesibilidad, se incluyen la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares, la colocación de avisos mediante señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.

Los edificios objeto de las actuaciones, que deben contar con el Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por técnico competente, con fecha anterior a la solicitud de la ayuda, no pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilación a la fuera de ordenación. Además, su construcción tuvo que finalizar antes de 1981 y han de presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de las actuaciones. Al menos un 70% de sus viviendas han de estar ocupadas y ser el domicilio habitual de sus residentes.

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