Andalucía

Un juez de Granada se inhibe a favor de Alaya en una investigación de los cursos de formación

  • Considera que hay que evitar "compartimentos estancos" en este supuesto "fraude masivo".

El juzgado de Instrucción número 1 de Granada ha dictado un auto de inhibición a favor del juzgado de Mercedes Alaya, en relación con una investigación que desde 2014 realizaba este juzgado sobre posibles delitos de fraude de subvenciones o estafa, malversación de caudales públicos, falsedad documentación y prevaricación por las ayudas concedidas para la realización de actividades formativas.

El magistrado Basilio Miguel García se ha inhibido a favor de Alaya porque entiende que es la orden de 23 de octubre de 2009 –que desarrolla el decreto 335/09 de 22 de septiembre, por la que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía- la que “propicia fundamentalmente el descontrol e irregularidades” en la que se incurre presuntamente por el funcionario responsable de dicho control y del que se “aprovecharían” supuestamente los empresarios investigados.

El juez señala en el auto, que tiene fecha del pasado 1 de abril –varios días después de que Alaya realizara la operación Barrado en la que detuvo a 14 ex altos cargos en las ocho provincias andaluzas- que resulta “altamente significativo” que en todas las provincias andaluzas se hayan reiterado las conductas investigadas “y siempre a favor de personas que estarían supuestamente relacionadas con personas o cargos afectos a la Administración y más concretamente a un signo político determinado”.

El instructor considera que no es concebible que ese supuesto “descontrol y desbarajuste” en la concesión de subvenciones y su posterior control económico, denunciados en el informe de la Cámara de Cuentas, “fuera desconocido por los superiores jerárquicos del responsable provincial investigado, y de sus superiores en granada, por lo que resulta patente que lo ocurrido en las distintas provincias andaluzas se haya podido realizar a la vista, ciencia y paciencia de quienes asumen legalmente la responsabilidad de gestionar y controlar dichas subvenciones, en su mayoría provenientes de fondos europeos, y que esta actuación o inactividad no sea investigada”.

El juez cree que “la división de este supuesto fraude masivo en compartimentos estancos quizá contribuya a un mayor orden o facilidad a la hora de gestionar procesalmente la investigación judicial, pero desnaturaliza artificialmente la realidad de lo ocurrido, pretendiendo hacer recaer en un ámbito provincial determinado, un asunto que por lo que hemos razonado, deviene de esferas de actuación u omisión más amplias”.

Así, considera que la causa debe ser investigada por un juzgado del partido judicial donde se encuentran las autoridades o superiores jerárquicos del investigado, a quienes legalmente correspondía dicho control último, pero también dónde se cursó la “peculiar orden”, por lo que entiende que deber ser un juzgado de Sevilla, y en concreto el de Instrucción número 6 de Alaya el que investigue, ya que este órgano desarrolla la misma investigación.

Para el juez de Granada, la investigación judicial deberá “abarcar los actos u omisiones de todos esos superiores jerárquicos con competencias en la materia, sin que pueda explicarse convincentemente que la investigación de los hechos relativos a las supuestas defraudaciones y delitos conexos finalice en cada caso en dichos responsables provinciales, debiendo ir más allá, so pena de que se produzca una impunidad de tales supuestas conductas permisivas, instigadoras o facilitadoras, contraria radicalmente a la obligación que nos incumbe de investigarlas y juzgarlas”.

La juez Alaya debe decidir ahora si asume esta investigación o se opone a acumular la investigación que se desarrolla en la provincia de Granada.

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