Andalucía

Indemnizan con 144.000 euros a la familia de un paciente que falleció por un error en el protocolo sanitario

  • Los hechos se remontan al pasado 3 de marzo de 2007, cuando G.J.C., acudió a un centro de salud de Almería por presentar un dolor precordial y malestar general

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha procedido al pago de una indemnización por valor de 144.151 euros a favor de la familia de un paciente de 59 años que falleció en Almería por "no seguir el protocolo que descartara un síndrome coronario agudo".

Según informó hoy la asociación del Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han defendido a la familia del enfermo, los hechos se remontan al pasado 3 de marzo de 2007, cuando G.J.C., acudió a un centro de salud de Almería por presentar un dolor precordial y malestar general.

Una vez en este centro sanitario, "se le practicó un electrocardiograma y se le dio de alta recetándole ibuprofeno y cloperastina, entendiendo que no tenía más que un dolor muscular".

Pese a este tratamiento, prosigue dicha asociación, el paciente falleció en su domicilio "unas horas más tarde", siendo encontrado por su hija, quien avisó a los servicios de urgencias, "que certificaron la muerte por infarto agudo de miocardio".

La familia del fallecido, que se apoyó en el oportuno informe del especialista en cardiología, reclamó por la asistencia médica recibida al entender que en la misma se "infringieron" los protocolos de manejo del paciente con dolor torácico para descartar un síndrome coronario agudo en la consulta previa en el centro de salud.

Así, sostienen que en dicha consulta "no se hizo una anamnesis, ni exploración, ni se tomaron las constantes vitales" y pese a que el electrocardiograma que se le realizó "ya manifestaba alteraciones de la repolarización, sugestivas de posible daño miocárdico".

El dictamen del facultativo del SAS informó, tras diversas consideraciones, que en el caso analizado "se produjo un error de diagnóstico en la asistencia del centro de salud".

Tras contestar a la demanda, y antes de proceder a la práctica de prueba, el Servicio Andaluz de Salud, mediante resolución de 12 de marzo de 2009, estima la reclamación, lo que ha dado lugar al pago de la indemnización citada. Por todo ello, se produce la satisfacción de lo reclamado en el procedimiento ordinario 133/08 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Sevilla.

La defensa de la familia del fallecido, ha sido tramitada por el letrado Ignacio Martínez, especialista en derecho sanitario y adscrito a los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente.

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