Andalucía

El TSJA acuerda continuar la causa contra el exconsejero Alonso por prevaricación

  • El magistrado instructor considera que existen indicios de un delito de prevaricación en el nombramiento del director del Centro Andaluz de Flamenco y en los dos nombramientos de director de la Filmoteca de Andalucía.

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha acordado continuar por el trámite de procedimiento abreviado la causa abierta contra el exconsejero andaluz de Educación, Cultura y Deporte Luciano Alonso. 

En un auto notificado hoy, el magistrado instructor, Miguel Pasquau, considera que existen indicios de un delito de prevaricación en el nombramiento del director del Centro Andaluz de Flamenco y en los dos nombramientos de director de la Filmoteca de Andalucía

A su juicio podría constituir "un deliberado torcimiento de la normativa relativa a los nombramientos de personal eventual". 

Según el relato del magistrado, el exconsejero andaluz de Cultura y Deporte nombró a Luis Guerrero director del Centro Andaluz de Flamenco, encomendándole una tarea "completamente ajena" a las funciones de dirección del mencionado centro, en concreto, el impulso de actividades culturales en la provincia de Málaga. 

Y la misma situación se produjo, según el auto, en la Filmoteca de Andalucía, en la que Alonso nombró supuestamente a dos directores de este centro sucesivamente encomendándoles funciones de asesoramiento que "en nada respondían al perfil y funciones del cargo" para el que formalmente les nombró y que, además, estaba siendo desempeñado por otra persona con contrato laboral. 

A juicio del instructor, los hechos pueden constituir un "deliberado torcimiento" de la normativa relativa a los nombramientos de personal eventual conferidos al titular de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. 

Consistiría, explica, en la obtención de "una mayor disponibilidad de personal eventual de la permitida para los fines de asesoramiento genérico o indiferenciado (es decir, no singularizado normativamente) a su servicio, utilizando para ello la formalidad de la designación para otros cargos de personal eventual singularizados con atribución de funciones completamente diferentes de las propias de dichos cargos". 

Según el instructor, las funciones de dirección correspondientes a dichos cargos "o bien no fueron desempeñadas (caso del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco) o bien venían siendo ya desempeñadas por otra persona como personal laboral (caso de la Filmoteca de Andalucía)". 

Contra este auto cabe recurso de reforma y apelación, y del mismo se dará traslado a la Fiscalía, una vez que sea firme, para que en el plazo de diez días formule escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa. 

La causa solo sigue contra el exconsejero andaluz después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestimara el recurso presentado por el Ministerio Fiscal contra la resolución en la que se acordaba el sobreseimiento libre de la causa contra el exdirector del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco, Luis Guerrero, también investigado inicialmente. 

La causa fue abierta tras la querella presentada por la Fiscalía Superior de Andalucía contra Guerrero y contra Alonso como responsable del nombramiento de aquél como director del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco, ubicado en el Palacio Pemartín de Jerez (Cádiz), sin haber visitado nunca la sede y ejercido el desempeño del cargo desde agosto de 2012 hasta junio de 2015. 

La Fiscalía consideró los hechos un delito de prevaricación administrativa como medio para cometer otro de malversación de caudales públicos.

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