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Juicio de los ERE

El comandante de la UCO concluye que el sistema empleado favorecía la “falta de control” de las ayudas

  • El testigo asegura que la Consejería de Empleo tenía constancia desde mayo de 2009 de la presencia de los intrusos, de los "indicios de ilegalidad".

La sala donde se juzga el caso de los ERE, vacía durante la declaración de un miembro de la UCO.

La sala donde se juzga el caso de los ERE, vacía durante la declaración de un miembro de la UCO. / EFE

El comandante de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que examinó el funcionamiento de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social ha concluido que el sistema establecido con el convenio marco de 2001 y el uso de las transferencias de financiación para el pago de las ayudas a través del IFA "desplazó la normativa aplicable" y favorecía la “falta de control” de las mismas.

El testigo, cuya declaración comenzó el pasado lunes, ha continuado respondiendo esta mañana a las preguntas de las defensas de los 22 ex altos cargos acusados en el juicio por el “procedimiento específico” de los ERE y así ha destacado que antes de la ley de Presupuestos del año 2001, sólo existían la encomienda de gestión y las subvenciones que requerían “controles mayores”, pero tras la firma del convenio marco del 17 de julio de 2001 se incluyen las transferencias de financiación, que suponen una “diferencia sustancial”.

Sin este sistema, ha proseguido el testigo, “no se habrían producido situaciones cómo las que se han producido por la falta de control”, por cuanto a su juicio el convenio marco “ha pretendido crear un procedimiento específico” para la concesión de un determinado tipo de ayudas. El comandante de la UCO ha reconocido, no obstante, que la transferencia de financiación conlleva una “fiscalización previa”.

El testigo ha agregado que cuando interrogaron al director general de Trabajo Javier Guerrero éste les explicó que el convenio marco “desplazaba la ley general de Hacienda Pública y el decreto 254/01” que abordaba el reglamento de subvenciones,  de tal forma que estas normativas "quedan desplazadas de manera irregular durante nueve años y se dejan de cumplir determinados requisitos".

En opinión del funcionario que ha rendido testimonio ante el tribunal, las "escasas exigencias que establecía el convenio marco, también se incumplían en algunas de las ayudas" que han investigado y así ha citado expresamente que en algunas "no había convenio particular" para la tramitación de las ayudas, y también ha dicho que "para empezar el convenio marco estaba expirado". "Lo poco que viene en el convenio se incumple", ha aseverado el testigo, que ha insistido en que debería haberse efectuado un seguimiento de las ayudas para comprobar que las mismas se destinase a "buen fin".

El testigo ha reiterado que, a su juicio, se ha producido un "menoscabo de fondos públicos" que se ha "consumado en un daño real" a las arcas públicas, por cuanto en algunas ayudas no se aportaba la finalidad de interés público de las ayudas, no había fiscalización previa y "se otorgaba un importe superior al necesario" para el pago de las prejubilaciones, por lo que entiende que existe ese menoscabo".

El comandante ha admitido que el director de Trabajo tiene competencias de ejecución presupuestaria, no para la concesión de las ayudas, y ha subrayado que el problema son las “reticencias o reparos de la Intervención por la falta de control de las ayudas”, insistiendo en que ellos analizan las “consecuencias” de esa falta de control.

El investigador policial también ha aseverado que las ayudas concedidas por la Junta eran en realidad “subvenciones excepcionales”, criterio que “coincide” con el expuesto por la Intervención General de la Administración autonómica, ha dicho el testigo.

El comandante de la UCO ha insistido en que “no comparte” la depuración de los intrusos realizada por la Junta, que circunscribe el fraude relacionado con las personas que no tenían derecho a la percepción de las ayudas a un grupo de entre 18 y 20 personas, una conclusión que según el testigo es “radicalmente distinta” con lo que descubrió la Policía Judicial. El funcionario policial ha aseverado asimismo que desde mayo de 2009 “había constancia” en la Dirección de Trabajo de la presencia de intrusos, de los “indicios de ilegalidad”, pero la investigación judicial de estos hechos no se inició hasta enero de 2011.

El testigo ha reiterado, como dijo en su anterior comparecencia, que la orden del Ministerio de Trabajo de 5 de abril de 1995 “no fue tenida en cuenta” para la redacción de este atestado policial, y ha agregado que “ningún momento” se pone en cuestión en el informe policial la “utilidad y sentido” de las asociaciones de ex trabajadores que se creaban para la recepción de las ayudas concedidas por la Junta.

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