Andalucía

El juez desestima el pago a la defensa de Roca de 800.000 euros a cargo del patrimonio intervenido

  • El abogadJosé Aníbal Álvarez, renunció el pasado septiembre a la defensa del ex asesor de Urbanismo en el "caso Saqueo", cuya vista oral ha tenido lugar hoy en la Audiencia Nacional, debido a la falta de pago

El juez que instruye el caso Malaya, Óscar Pérez, ha desestimado la solicitud de la defensa del ex asesor urbanístico Juan Antonio Roca de percibir 800.000 euros como provisión de fondos a cargo del patrimonio de su cliente, que se encuentra intervenido judicialmente.

En el auto, el magistrado rechaza la petición para el abono de los honorarios del abogado y el procurador de Roca y recuerda que, en caso de que no puedan mantener la representación procesal del ex asesor urbanístico, éste tiene derecho a ser defendido por un letrado de oficio.

El juez destaca que la administración judicial sobre las sociedades de Roca se acordó porque el procesado "aparentemente se servía de ellas produciendo una confusión entre su propio patrimonio (cuya ilícita procedencia es objeto de la instrucción) y el societario como medio de ocultación del primero y valiéndose de testaferros que asumían formalmente la titularidad de las participaciones".

Pérez señala que "es cierto que el patrimonio societario se está haciendo cargo de los honorarios del administrador judicial" y de los interventores, pero destaca que "no podía ser de otra forma" y que "cuestión distinta es pretender, como hace la defensa, que los honorarios de los profesionales que asisten al señor Roca sean abonados por las sociedades".

Según el juez, "acceder a lo solicitado supondría precisamente dar paso de nuevo a una confusión" entre la personalidad física de Roca y la jurídica "de las sociedades de las que es partícipe a través de testaferros".

En este sentido, subraya que este hecho constituiría permitir que "una sociedad con personalidad jurídica propia satisfaga gastos personales de uno de los partícipes (que, además, hace uso de testaferros) con el perjuicio que para el regular ejercicio de aquella supondría".

El instructor del caso Malaya resalta que la incautación inicial de bienes, en el caso de Roca "casi todos dentro del patrimonio de sociedades que se sospecha ocultaron dinero de procedencia ilícita", impide la aplicación de las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de no embargo de determinadas cantidades.

"Al menos formalmente, ningún sueldo o salario percibía el señor Roca que permitiera su aplicación", apunta el juez, que añade que la renuncia de la defensa del ex asesor urbanístico por esta causa "ninguna indefensión le causaría" a éste dado que "el Estado garantiza la debida asistencia de oficio a quienes carezcan de recursos".

El abogado de Roca, José Aníbal Álvarez, renunció el pasado septiembre a la defensa de su cliente en el "caso Saqueo", cuya vista oral ha tenido lugar hoy en la Audiencia Nacional, debido a la falta de pago por parte de éste, por lo que se nombró un abogado de oficio para que representara al ex asesor urbanístico en esta causa.

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