Juicio de los ERE

El interventor adjunto afirma que Griñán pudo parar la situación "en cualquier momento"

  • El testigo dice que no apreció menoscabo de fondos públicos aunque el procedimiento era "sumergido"

  • Tampoco se planteó emitir un "informe de actuación" porque el "reproche fundamental" correspondía a la Consejería de Empleo, no a IDEA

Ignacio García Revilla

Ignacio García Revilla / Efe

El interventor adjunto a la Intervención General de la Junta Ignacio García Revilla ha asegurado este martes, en el juicio por el denominado "procedimiento específico" de los ERE, que el consejero de Hacienda -en alusión al ex presidente de la Junta José Antonio Griñán- pudo parar "en cualquier momento" la situación que se estaba produciendo en relación con el uso inadecuado de las transferencias de financiación para el pago de las ayudas de los ERE.

Así lo ha explicado el testigo a preguntas del letrado de la acusación popular del PP, Luis García Navarro, quien le ha preguntado si estaba de acuerdo con las manifestaciones que el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez realizó el 25 de julio de 2013 en la fase de instrucción ante la juez Mercedes Alaya, quien le preguntó si estaba de acuerdo en que el consejero de Hacienda, previo informe del interventor general o cuando reciba los informes definitivos, podía someter cualquier cuestión al Consejo de Gobierno para que se adopten los criterios o medidas oportunas, de conformidad con los artículos 52 y 57 TER del Reglamento de Intervención. Manuel Gómez, uno de los 22 ex altos cargos que se sientan en el banquillo, respondió entonces afirmativamente y precisó que el consejero podía elevar la cuestión al Consejo de Gobierno "incluso sin informe del interventor, de acuerdo con el artículo 57.3 del Reglamento de la Intervención".

En la declaración de hoy, el interventor adjunto ha dicho que está "completamente de acuerdo" con las afirmaciones de Manuel Gómez, por cuanto ha señalado que el consejero de Hacienda "podía haber en cualquier momento para parar esta situación", en relación al uso inadecuado de las transferencias de financiación para el pago de estas ayudas.

Según el interventor adjunto, los responsables de ese uso inadecuado de las transferencias eran "los gestores" de la Consejería de Empleo, que eran quienes "presupuestaban" estas transferencias a la agencia IDEA para el pago de las subvenciones, y exculpando de esta forma a la Dirección General de Presupuestos.

Ignacio García Revilla ha considerado que "sin lugar a dudas hay una carencia de control" por haber financiado las ayudas con transferencias de financiación. Las acusaciones sostienen que con el uso de las transferencias se omitió el control de las ayudas y en este sentido el testigo ha dicho que "no ha habido un acuerdo del Consejo de Gobierno que diga que los convenios de ayudas sociolaborales se sometan a Control Financiero Permanente".

El testigo ha explicado que el procedimiento establecido para el pago de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis era "sumergido", lo que hacía que las mismas quedaran "fuera de los circuitos administrativos". Aún así,  ha dicho que no apreció menoscabo de fondos públicos ni en la agencia IDEA, ni en la Consejería de Empleo, de acuerdo con las conclusiones a las que llegó el servicio de fiscalización que examinó una veintena de expedientes de las ayudas.

El testigo, cuya declaración comenzó en la sesión de ayer, ha recordado que cuando se detectaron las deficiencias en el pago de las ayudas, la Consejería de Empleo alegó que se trataba de "actos propios del IFA/IDEA", una argumentación con la que no está de acuerdo porque, según ha relatado, "el gasto era preexistente de la Consejería y no eran actos propios del IFA", puesto que había un "mandato" de Empleo a la agencia para el pago de esas ayudas.

El fiscal delegado de Anticorrupción Manuel Fernández Guerra le ha preguntado al testigo por qué no se planteó hacer un informe de actuación una vez detectadas las diversas deficiencias en el sistema por el que se estaban tramitando las ayudas, a lo que Ignacio García Revilla ha contestado diciendo que desde el principio entendió que "la responsabilidad fundamental estaba en un ente ajeno al IFA y el grueso del reproche fundamental correspondía a la Consejería de Empleo", por lo que consideró que el informe de actuación no era procedente en este caso.

El interventor adjunto ha insistido en que no apreció menoscabo de fondos públicos, en el IFA de ninguna manera puesto que "cumplía con la obligación de pagar a quien se le indicaba", y en el caso de la Consejería de Empleo, tampoco lo apreció "indirectamente", porque a través de la revisión de los expedientes que realizó el servicio de fiscalización puede afirmar que "no existe" ese menoscabo. El testigo ha dicho que "asume" las conclusiones a las que llegaron sus compañeros, en los que "confía" y no discute sus conclusiones porque "no tiene elementos de juicio" para hacerlo, aunque ha añadido que no le dio instrucciones a la hora de examinar los expedientes de que buscaran un posible menoscabo de fondos públicos.

Ha distinguido el modo de proceder en caso de haber detectado actuaciones de apariencia delictiva o de menoscabo de fondos públicos, dado que en el primer supuesto, de haber detectado algún delito, el interventor debía ponerlo en conocimiento de la Fiscalía, mientras que en el caso de que se apreciara menoscabo, debía trasladarlo a la Consejería de Hacienda y, llegado el caso, se remitiría al Tribunal de Cuentas. "No es el mismo cauce la responsabilidad contable que un delito, son responsabilidades diferentes", ha añadido, señalando que en caso de responsabilidad contable habría que emitir el informe de actuación.

Ignacio García Revilla ha estimado correctas las principales deficiencias que recoge el informe pericial elaborado por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), en relación al "uso inadecuado" de las transferencias de financiación por parte de la Consejería de Empleo, así como que se prescindió de forma "absoluta del procedimiento" a la hora de conceder las ayudas; que el IFA contrajo obligaciones de pago con terceros y eso generó "obligaciones sin cobertura presupuestaria", el conocido déficit o desfase presupuestario; y también que el IFA/IDEA actuaba "de manera improcedente" como entidad colaboradora de la Consejería de Empleo.

El interventor adjunto ha señalado que cuando se detectó el primer déficit de 38 millones en el informe de 2003, el interventor general, Manuel Gómez  le pidió que indagara la situación, por lo que se pidió el expediente a la agencia IDEA, que les remitió los convenios particulares, donde "aparece una cláusula muy reveladora que dice que todos la documentación que justifica los pagos está en la Dirección General de Trabajo" y eso desembocó en la solicitud a Empleo de un grupo de expedientes, unos veinte, para su análisis por el servicio fiscal, que tras inspeccionar el expediente de las ayudas a Hitasal descubre una serie de deficiencias que son similares a las que se hallan en el resto de los expedientes.

El testigo ha dicho que el origen del déficit estaba en el procedimiento empleado porque, si las ayudas se hubieran tramitado como "subvenciones excepcionales y fiscalizadas como subvenciones excepcionales habría sido mucho más difícil la superación de los créditos porque el sistema lo impide".

Sobre el convenio marco de 17 de julio de 2001, el testigo ha dicho que era un convenio "abierto", por lo que "dependía de cómo se fuera a ejecutar", a desarrollar una vez que se concretaran las ayudas.

El testigo también ha puesto de manifiesto las "notables" diferencias que, en su opinión, existen entre las transferencias de financiación y el encargo de ejecución, puesto que las primeras están destinadas a "equilibrar el resultado" de la empresa a la que van destinados los fondos, por lo que es "una entrega sin contraprestación, a fondo perdido", mientras que el encargo de ejecución "es una forma onerosa, con contraprestación, para que los fondos sean empleados en el objeto del encargo".

Preguntado sobre quién decidía qué tipo de financiación se debía adoptar, Ignacio García ha señalado que la ley de Presupuestos de la Junta establece diferentes formas de financiación, pero "es el gestor el que elige el más adecuado a la financiación del gasto", en este caso, la Consejería de Empleo.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios