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La Fiscalía pide cuatro años para Ortega Cano

  • El Ministerio Público le atribuye dos delitos contra la seguridad vial, por conducir de forma temeraria y con casi el triple de alcohol permitido, y otro de homicidio por imprudencia.

La Fiscalía de Sevilla cree que el torero José Ortega Cano debe ser condenado a cuatro años de cárcel por el accidente que costó la vida al vecino de Castilblanco de los Arroyo Carlos Parra Castillo. El departamento que dirige la fiscal jefe, María José Segarra, ha presentado en el juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla su escrito de conclusiones provisionales, en el que imputa tres delitos al matador: dos contra la seguridad vial, por conducir de forma temeraria y con una tasa de alcohol de 1,26 gramos por litro de sangre -casi el triple de la permitida-, y otro de homicidio por imprudencia.

Junto a los cuatro años de prisión, la Fiscalía de Seguridad Vial reclama que se prohíba al torero que vuelva a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años, y que indemnice con un total de 169.619,1 euros a la viuda, los dos hijos y a la madre de Carlos Parra.

El escrito de acusación de la Fiscalía señala que sobre las 22:25 horas del 28 de mayo de 2011, el torero circulaba con su vehículo, un Mercedes R-320, por la carretera A-8002, en sentido hacia Castilblanco de los Arroyos, y que al llegar al punto kilométrico 28,150, en un tramo curvo a la derecha con "visibilidad reducida", perdió el control del vehículo e invadió durante 60 metros el carril de sentido contrario, por el que circulaba la víctima en un Seat Altea. La Fiscalía considera que Ortega Cano circulaba "en condiciones no apropiadas" para hacerlo, debido a la "previa ingestión excesiva de bebida alcohólica que le mermaban los reflejos necesarios para esta actividad, haciendo que su conducción fuera irregular, realizando maniobras arriesgadas para él mismo y los demás usuarios de la vía".

Dice el fiscal que en el momento del impacto, Ortega Cano circulaba a 125,2 kilómetros por hora, una velocidad superior a los 90 km/h que estaban permitidos en esa vía, y que el torero no realizó ninguna maniobra para esquivar al otro coche, ya que "no existe ningún indicio de corrección de la trayectoria por parte del acusado".

Como consecuencia de la "brutal colisión", continúa el fiscal, Carlos Parra falleció en el acto por un traumatismo torácico severo y rotura cardíaca, mientras que el diestro sufrió graves heridas que le provocaron un shock hipovolémico, quedando atrapado en el interior del vehículo durante casi dos horas, hasta que fue excarcelado y trasladado hasta el Hospital Virgen Macarena de Sevilla. El impacto fue tan espectacular que el motor del coche de Carlos Parra salió despedido y quedó ocupando la calzada, lo que originó que otro vehículo, una furgoneta Citroën C-15 que circulaba detrás de la víctima, colisionara con el mismo, ocasionando daños materiales valorados en casi 6.000 euros.

Pero la conducta del torero que la Fiscalía quiere que se castigue irremediablemente con la cárcel -si Ortega Cano fuese condenado a esta pena tendría que ingresar en prisión, al no ser factible una suspensión de la condena- tiene otros momentos anteriores esa misma tarde, cuando otros vehículos alertaron de la conducción temeraria del Mercedes R-320 que conducía el matador. La Fiscalía dice a este respecto que sobre las 22:00 horas, media hora antes del siniestro, el torero circulaba por la carretera A-460, entre Villaverde y Burguillos, y lo hacía "acercándose y separándose constantemente" de otro vehículo que le precedía, ocupado por una pareja, y al que adelantó en un paso de cebra sobreelevado. Esta pareja, alarmada por la forma en que conducía el torero, alertó al servicio de emergencias 112, contando lo ocurrido y facilitando incluso la matrícula del coche del acusado.

El coche de Ortega Cano también adelantó, sobre las 22:25 horas, a otro vehículo ya en la carretera A-8002, en un tramo de calzada con línea continua y en las proximidades de una curva a la derecha, una acción que la Fiscalía considera "irregular y peligrosa", dado que se trató de una maniobra "a gran velocidad", con "evidente riesgo para los vehículos implicados" y sin respetar la línea continua.

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