Fútbol Sala

David contra Goliat: el Guadalcacín FSF gana un pulso en la FIFA

  • La Cámara de Resolución de Disputas no admite las demandas de las jugadoras brasileñas Tainara y Angelia

Luis Delgado -izquierda-, presidente del Guadalcacín FSF, junto al presidente de la Federación Andaluza de Fútbol.

Luis Delgado -izquierda-, presidente del Guadalcacín FSF, junto al presidente de la Federación Andaluza de Fútbol.

El Guadalcacín de fútbol sala femenino ha salido indemne de las reclamaciones de cantidad que habían solicitado a la FIFA dos de las jugadoras brasileñas que militaron en el equipo jerezano hace dos temporadas: Tainara y Angelia.

Estas dos futbolistas llegaron al club guadalcacileño en la campaña 19/20 con tarjeta de residencia y permiso de trabajo cumpliendo con la legislación vigente en materia de extranjería. Sin embargo, la temporada, con el equipo en Segunda División femenina, se fue al traste a principios de marzo con el confinamiento y la suspensión de las ligas en España.

El club que preside Luis Delgado Flores procuró en todo momento facilitarles el regreso a su país de origen al suspenderse la competición pagándoles sus correspondientes nóminas, aunque las jugadoras no lo vieron de ese modo, denunciaron públicamente una situación que el club no entendía y posteriormente fueron hasta la FIFA para reclamar sus contratos.

Ahora se ha conocido la decisión de la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA, que da la razón al club guadalcacileño al inadmitir las demandas de estas dos futbolistas.

El Guadalcacín FSF puso en manos de Plus Asesores, asesoría jurídica que lidera Pedro Alberto Fernández, el caso. Tras tener constancia de las denuncias de ambas jugadoras por la rescisión del contrato, el club muestra su oposición basándose primero en que atendiendo a la Ley Reguladora de Jurisdicción Social "damos por entendido que el plazo de acción contra el despido está caducado" y por lo tanto el procedimiento de reclamación de cantidad prescrito.

Además, el club señala que "estamos claramente ante una relación laboral entre ambas partes una vez tramitado su permiso de residencia y de trabajo ante extranjería de Cádiz y formalizado su contrato de trabajo previa alta en la seguridad social, cumpliendo con ello fielmente con la Ley General de la Seguridad Social Española y con el Derecho del Trabajo".

La entidad defiende que se trató de una "controversia laboral que debió dirimirse en el Juzgado de lo Social de Jerez de la Frontera, ya que es el que tenía competencias en este litigio, y por tanto no dirimirse en instancias FIFA", como así ha entendido también el organismo que rige el fútbol y el fútbol sala internacional.

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