Fútbol

Multa de 600 euros al Atlético por el 'mecherazo' a Ronaldo

  • Competición justifica la baja sanción en que este objeto no está prohibido en los estadios y en el "loable" esfuerzo del club para identificar al agresor.

El juez de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) decidió este viernes imponer una multa de 600 euros al Atlético de Madrid por el mecherazo que recibió el delantero del Real Madrid Cristiano Ronaldo en el descanso del partido de vuelta de las semifinales de la Copa del Rey en el Vicente Calderón.

La sanción es consecuencia de la infracción del artículo 110 del Código Disciplinario de la RFEF, "con la advertencia de que en lo sucesivo ponga especial celo a la hora de evitar incidentes similares y, en su caso, identificar a los espectadores causantes de los mismos, así como el apercibimiento de las eventuales consecuencias disciplinarias que podrían derivarse de la reiteración de hechos análogos".

La resolución de Competición justifica la multa "al no poder imponerse dicha sanción en su grado mínimo o, incluso, permitir la exención de responsabilidad del club anfitrión, por no haber identificado convenientemente al autor del deplorable hecho, pese al loable esfuerzo" hecho por el club, acorde a la trascendencia del partido.

Tras calificar como "reprochable" el comportamiento del espectador que lanzó el mechero desde la grada, Competición ha tenido en cuenta que se trata de un objeto "cuya introducción no está prohibida en recintos deportivos"; que se trató de un hecho aislado que "no interfirió en el normal desarrollo del partido" y que Cristiano Ronaldo pudo continuar en el mismo.

El Atlético de Madrid tiene ahora un plazo de diez días para interponer recurso contra esta decisión ante el Comité de Apelación.

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