Impuestos

Tres deducciones a las que se pueden acoger los andaluces en la Declaración de la Renta 2021

  • Aunque muchos contribuyentes conocen las deducciones nacionales a las que se pueden acoger, no siempre tienen en cuenta las deducciones autonómicas

Simulador de la renta web de la agencia tributaria

Simulador de la renta web de la agencia tributaria / Agencia Tributaria

Solo durante el primer día y medio de la campaña de la Renta 2021, más de 1.311.000 españoles presentaron su declaración, lo que supone un incremento del 3% respecto a las mismas fechas del año pasado.

Aunque muchos contribuyentes conocen las deducciones nacionales a las que se pueden acoger, no siempre tienen en cuenta las deducciones autonómicas.

TaxScouts, una plataforma online que simplifica la presentación de impuestos, resalta las principales deducciones autonómicas en la declaración de la renta 2021 de las que pueden beneficiarse los ciudadanos residentes en Andalucía.

Deducción por nacimiento o adopción (de ciudadanos españoles)

En el caso de haber tenido o adoptado un bebé, los contribuyentes se pueden deducir 600 euros en la declaración de la renta de 2021 por cada uno de ellos. Para que esta deducción sea aplicable, los padres deben convivir con su hijo, es decir, tener el mismo domicilio fiscal. En el caso de que la suma de sus bases imponibles sea mayor de 30.000 euros (o de 36.200 euros en el caso de hacer la renta conjunta), los contribuyentes no podrían aplicar esta deducción.

Deducción para beneficiarios de ayudas de viviendas protegidas

En Andalucía, los contribuyentes se podrán deducir 30 euros de la cuota íntegra autonómica en la declaración de la renta de 2021 en el caso de que:

  • Hayan recibido una ayuda o subvención (de la misma comunidad autónoma de Andalucía) para comprar o rehabilitar una vivienda considerada protegida.
  • Esa vivienda (protegida) es o será su vivienda habitual.

Deducción por inversión en vivienda habitual protegida y para jóvenes

Esta deducción es aplicable para los contribuyentes que no recibieron subvenciones pero sí hicieron una inversión en una vivienda habitual. Los andaluces se podrán acoger a esta deducción siempre que la rehabilitación de su vivienda:

  • Entre dentro del plan estatal de viviendas
  • Se haga para tratar o consolidar la estructura, las fachadas o las cubiertas de la casa
  • Cuesten más que el 25% del precio de compra de la vivienda (si se compró como máximo hace 2 años) o que el 25% del valor de mercado actual (si la compra fue hace más tiempo).

Si cumplen con estos requisitos, podrán deducirse un 2% de lo que hayan gastado en la compra o en la rehabilitación. En el caso de tener 35 años o menos, no hace falta que la vivienda sea protegida.

En vez del 2%, se podrán deducir un 3% de lo que hayan invertido en comprar o reformar la vivienda siempre y cuando la suma de las bases imponibles no supere los 19.000 euros en la declaración individual y los 24.000 euros en la declaración conjunta.

Además y, a pesar de no ser una deducción, de cara a la declaración de la renta de este año, Andalucía ha reducido la escala del gravamen autonómico del IRPF reduciendo el tipo impositivo a partir del cuarto tramo, los ingresos a partir de 20.200 euros hasta los 28.000 euros. Para este año el tipo máximo es del 23,70% (en vez del 24,30% anterior) y seguirá reduciéndose progresivamente hasta quedar establecido en el 22,50% el año que viene.

Sobre TaxScouts

De origen británico, TaxScouts es una plataforma para la gestión de impuestos online fundada en 2017 por tres profesionales del sector de la tecnología que, conscientes de la complejidad de algunos sistemas tributarios, decidieron diseñar una solución práctica y sencilla en la que la automatización del proceso inicial y la presencia de asesores personales es la clave.

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