España

División sobre si el Rey debería proponer otro candidato a la investidura si fracasa el socialista

Los expertos en Derecho Constitucional están divididos acerca de si el rey Felipe VI está obligado a proponer otro candidato a la investidura caso de que Pedro Sánchez no logre ser presidente del Gobierno, o si puede dejar correr el plazo de dos meses desde la primera votación para que se convoquen nuevas elecciones.

El artículo 99 de la Constitución dice en su apartado 3 que si el candidato no logra la investidura en una primera votación (por mayoría absoluta) ni en una segunda (por mayoría simple) "se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores".

Sin embargo, el catedrático de Derecho Constitucional la Universidad de Santiago Roberto Blanco Valdés cree que el "sentido del artículo" es que el Rey proponga a un candidato con posibilidades de salir elegido, pero no "que haya candidatos para ir siendo derrotados uno tras otro" lo que generaría "una situación de frustración".

"La Constitución dice que la forma de resolverlo es que haya más propuestas, pero no quiere decir que tenga que haberlas", argumenta. Por eso, considera que el Monarca "no está obligado" a proponer la investidura a otros candidato, incluso que lo lógico es que no haga ninguna propuesta si ninguno de los candidatos tiene opciones de reunir los apoyos necesarios, cosa que en este momento no parece probable.

Con todo, ha apuntado que cabría imaginar distintos escenarios y, por ejemplo, podría suceder que a medida que transcurran los dos meses de plazo, si las encuestas fuesen malas para PP y PSOE, estos "recondujeran su negativa a ir juntos a un Gobierno de coalición". En ese caso, opina, el candidato podría dirigirse de manera informal al Rey.

En cambio, el profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Málaga Rafael Naranjo de la Cruz, sostiene que ese "se tramitarán sucesivas propuestas" del artículo 99 es "una frase en sentido imperativo" y, por lo tanto", un "mandato al Rey". En su opinión, el texto obliga a Felipe VI a abrir un nuevo periodo de consultas -por su alusión a "los apartados anteriores"- y a proponer un candidato, ya sea otra vez al mismo Pedro Sánchez, o a otro de los candidatos o, si se diese el caso, a una persona que no fuese ni diputado ni senador pero que pudiera recabar los apoyos necesarios, aunque sea improbable políticamente. "No está obligado a proponer a Mariano Rajoy ni a Pedro Sánchez ni al tercero, es uno de los pocos actos en los que el Rey tiene algo de margen de discrecionalidad y la Constitución no exige que se presente a un determinado perfil de persona", explica.

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