España

El Gobierno repara el "importante error" de 1492 con la doble nacionalidad para los sefardíes

El Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley que modifica el Código Civil para conceder la nacionalidad española a todos los sefardíes que lo pidan y acrediten tal condición al tiempo que podrán mantener la nacionalidad de su país de origen. La reforma que permite esta doble nacionalidad fue acometida hoy con la modificación de los artículos 21 y 23 del Código Civil después de que el Consejo de Ministros tramitara el pasado 7 de febrero el correspondiente anteproyecto. En su presentación, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, señaló que con esta iniciativa culmina la reparación de "uno de los errores más importantes" en la historia de España como fue la expulsión de los judíos en 1492.

Los ciudadanos sefardíes pueden adquirir en la actualidad la nacionalidad española por carta de naturaleza o después de llevar dos años residiendo en España, lo mismo que ocurre con los nacionales de Latinoamérica, Portugal y Filipinas. La adquisición de la nacionalidad por carta de naturaleza quedaba al arbitrio de los respectivos gobiernos al tratarse de un acuerdo del Consejo de Ministros en el que se valoraba las excepcionales circunstancias de su vinculación con España.

La reforma establece ahora unos criterios objetivos para acreditar esas circunstancias excepcionales que concurren de por sí en los sefardíes, aun cuando no tengan residencia legal en España.

La Federación de Comunidades Judías de España destacó ayer su "enorme satisfacción" por la medida del Gobierno, ya que "con este gesto España hace justicia y enmienda el error que supuso la expulsión de los judíos tras la firma del Edicto de Expulsión sancionado por los Reyes Católicos el 31 de marzo de 1492".

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