España

Los magistrados del TC que elige el Senado estarán tres años menos

  • El acuerdo, que está casi cerrado entre el Gobierno y el PP, reducirá los mandatos a 6 años para "evitar solapamientos"

El Gobierno tiene prácticamente cerrado un acuerdo con el PP para reformar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que supondría el recorte de 9 a 6 años del mandato de los cuatro candidatos que tiene que nombrar el Senado para sustituir a los magistrados que ya llevan casi 3 años en funciones.

Esta reforma, según fuentes del Ejecutivo, se tramitaría a través de una enmienda en una de las primeras leyes que salga del Parlamento para que pueda estar aprobada antes de que se produzcan los nombramientos de los 4 magistrados del TC.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, explicó ayer que los grupos parlamentarios están negociando esta reforma, que sería "concreta y limitada", y confió en que se pueda tramitar con rapidez.

Así, según De la Vega, se evitarían los solapamientos y se cumpliría el mandato constitucional de renovación por tercios.

El artículo 159.2 de la Constitución establece que "los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un periodo de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres".

El mismo principio se recoge en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que fija el mecanismo para la renovación de los 12 magistrados, que en principio únicamente puede hacerse por tercios, esto es, de cuatro en cuatro.

Según De la Vega, el acuerdo sobre el que se está trabajando versa sobre dos extremos: el primero afectaría a las sustituciones de magistrados que, dentro de su mandato, tengan que ser sustituidos por causas sobrevenidas.

En estos casos, el nuevo magistrado sólo ocuparía el cargo el tiempo que restara del mandato del anterior, una fórmula que hubiera sido aplicable en el caso del fallecido Roberto García-Calvo, cuya plaza sigue vacante desde su muerte, en mayo de 2008.

Un segundo aspecto a modificar sería rebajar el mandato de los magistrados cuando el de su antecesor hubiera superado el de nueve años previsto en la Constitución.

Según fuentes del Gobierno, esta reforma incentivaría de manera indirecta la renovación del TC en caso de desacuerdo entre las fuerzas políticas como ha ocurrido en los últimos tres años.

Mientras tanto, el TC rechazó ayer el recurso interpuesto por el Gobierno de Murcia contra el Estatuto de Cataluña, según informó el tribunal en una nota de prensa.

El TC ya rechazó el pasado 9 de septiembre los recursos interpuestos por los gobiernos de Aragón, Islas Baleares y la Comunidad Valenciana contra el Estatut, y aún tiene que resolver los planteados por La Rioja y el Defensor del Pueblo.

En el caso de Murcia, el Gobierno de esta Comunidad recurrió varios aspectos del artículo 117 del Estatuto, relativo al agua y las obras hidráulicas.

Los preceptos recurridos por Murcia se refieren al apartado 117 de la norma básica catalana, según el cual corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de aguas que pertenezcan a cuencas hidrográficas intracomunitarias.

Además se rechaza el artículo en el que la Generalitat asume competencias ejecutivas sobre el dominio público hidráulico y las obras de interés general, y por lo que corresponde a esta comunidad la participación en la planificación y la programación de las obras.

Otro de los apartados del artículo 117 no admitido es el relativo al de la participación de la Generalitat en la planificación hidrológica y en los órganos de gestión estatales.

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