Jerez

Archivan la vía penal por la embarazada que falleció a los 8 meses de gestación

  • El juez entiende que no hay circunstancias imputables al equipo que atendió a la mujer

  • La familia defenderá ante la Justicia que hubo mala praxis del SAS por la vía civil

Un hermano de la fallecida, en la habitación donde ésta se desplomó, en una imagen captada el pasado verano.

Un hermano de la fallecida, en la habitación donde ésta se desplomó, en una imagen captada el pasado verano. / Pascual

La vía penal por el caso de la embarazada de ocho meses que falleció junto a su hija nonata ha sido desestimada de forma provisional por la Justicia. El juzgado no ha encontrado visos de que hubiera circunstancias que pudieran ser imputables al equipo médico que atendió a Sonia Venegas, que pereció el pasado mes de julio en su domicilio del Camino de Albadalejo.

El hecho de que el procedimiento penal esté sobreseído provisionalmente ha permitido que la defensa de los intereses familiares, que es llevada por el abogado jerezano Eduardo Bárcena, tenga acceso a numerosa documentación del caso, incluido el informe clínico completo y la autopsia tanto de la madre como de la pequeña nonata.

Cabe destacar que entre las gestiones realizadas estuvo conseguir que se autorizara el enterramiento de la pequeña al lado de su madre en el cementerio municipal de Jerez tras una larguísima espera que tuvo, literalmente, en vilo a los familiares.

Un dato reseñable es que el procedimiento penal está contemplado habitualmente sólo para circunstancias en los que no ha tenido cabida el procedimiento civil o administrativo en su caso. “En los temas médicos es muy raro que se contemple dentro del ámbito del Derecho Penal ya que tendría que haber dolo o circunstancias muy excepcionales en la conducta y/o intencionalidad de un profesional médico y es poco habitual”, destaca Eduardo Bárcena. Básicamente se refiere el letrado al hecho de que debe probarse que el médico o el personal sanitario al cargo tiene intención de hacer daño al paciente, algo que es completamente inusual en la prestación de asistencia médica.

“Las circunstancias que engloban al caso, a pesar de ser muy graves, no se consideran a priori dentro del ilícito penal”, según ha determinado el Juzgado si bien cabe destacar que eso no influye en nada en la apertura de un procedimiento civil en el que se pudiera reclamar una indemnización para los familiares de la mujer fallecida.

Para el abogado de la familia, Eduardo Bárcena, “la administración pública, en este caso el SAS, si ha incurrido en una negligencia médica y debe responder e indemnizar a los familiares como administración pública”.

Es por ello que la defensa de la familia ha iniciado el procediendo administrativo para que se verifiquen todos los extremos que rodean la extraña muerte de una mujer embarazada de apenas 41 años. A este respecto cabe destacar que el Servicio Andaluz de Salud dispone de un seguro específico que sería el encargado de abonar la indemnización a la familia en caso de que así lo determinase la autoridad judicial.

Como se recordará, Sonia Venegas tenía un embarazo de alto riesgo a causa de la hipertensión que padecía, entre otras enfermedades.

Los hechos se produjeron el 17 de julio mientras la madre de la fallecida le preparaba el desayuno. Ella se desplomó tras haber ido al médico en numerosas ocasiones. La familia denunció que pese a todo jamás quedó ingresada, sino que era dada de alta “y la mandaban a casa”. El SAS informó en su momento que fue a Urgencias en dos ocasiones mientras que la familia sostiene que fueron muchas más veces las que acudió al centro hospitalario. El caso se dirimirá por la vía civil.

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