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Tribunales

La Audiencia Provincial da la razón a los vecinos del Edificio Sherry

  • La sentencia desestima el recurso de apelación de la promotora por construir en dos locales un total de once viviendas

  • Los vecinos lamentan que el Ayuntamiento no se haya pronunciado todavía al respecto

La Audiciencia Provincial da la razón a los vecinos del Edificio Sherry

La Audiciencia Provincial da la razón a los vecinos del Edificio Sherry / Vanesa Lobo

La sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Promotora Welsove S.L. sobre la construcción de viviendas en el Edificio Sherry, situado en Madre de Dios.

Dicha sentencia confirma la ya dictada por el Juzgado de Instancia nº 4 y deja sentado, que la construcción por la promotora de 11 viviendas en las oficinas de la planta 1ª del inmueble, “no es ajustada a derecho”, al no contar con la autorización de la Comunidad de Propietarios.

La sentencia de la Audiencia Provincial, tras rebatir uno a uno todos los argumentos esgrimidos por la promotora para defender su derecho sobre los elementos y servicios comunes de la edificación, considera que la privación de las luces, iluminación y ventilación de las viviendas, que de hecho, en la práctica ha construido al cambiar el acceso previsto por la terraza común por un pasillo interior dentro de la superficie privativa de las oficinas, “no afecta, ni limita, el legítimo derecho de los comuneros de no autorizar la utilización de los elementos comunes del edificio y cuya modificación requerirá al menos el consentimiento de una mayoría de 3/5 de estos, y la unanimidad, si lo pretendido modifica el titulo constitutivo”.

Hay que recordar que la anterior sentencia dio en parte la razón a las múltiples denuncias formuladas por los copropietarios a la alcaldesa de Jerez, Mamen Sánchez, por conceder la licencia urbanística a la promotora, perjudicando gravemente a todos los vecinos (91 familias), y favorecer los intereses de una empresa, autorizándole a promover en un edificio de más de veinte años, en lo que eran las oficinas de Endesa, una promoción de 11 viviendas.

Dicha licencia permitió la ocupación de las viviendas tras el proyecto del 2º reformado, infringiendo clara y manifiestamente las normativas urbanísticas que entre otras, regula la habitabilidad, iluminación y ventilación de las viviendas, como señala la sentencia de la Audiencia.

Los vecinos lamentan que hasta la fecha y pese a estos dos reveses judiciales “el Ayuntamiento no se haya pronunciado a pesar de las denuncias y los recursos interpuestos”.

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