Andalucía

La Audiencia condena a Pacheco y José Luis López a un año y medio de prisión

  • Los magistrados los condenan por prevaricación y fraude, descartando la estafa y la falsedad en documentos oficiales. No habrá indemnización alguna para el Ayuntamiento

El ‘caso Estación de Autobuses’ ya tiene sentencia. La Sección Octava de la Audiencia Provincial daba a conocer la misma ayer a los procuradores de las distintas partes personadas en el juicio a última hora de la tarde. Los abogados tendrán acceso a la misma a lo largo del día de hoy.

 

Según pudo saber este periódico los delitos más graves por los que estaban acusadas las seis personas que se sentaron en el banquillo de los acusados (Pacheco, el empresario ubriqueño José Luis López, su socio, el ex gerente de Emusujesa y tres testaferros) han sido descartados por los magistrados que juzgaron los hechos durante casi cuatro semanas en la sede judicial de la avenida Álvaro Domecq. Se trata de la falsedad en documento oficial y el delito de estafa. Un hecho especialmente importante es que al no haber sido considerados estos delitos no se entiende por tanto que hubiera un perjuicio económico para el Ayuntamiento de Jerez, lo que hace inviable la solicitud de una indemnización económica a los acusados para resarcir a la ciudad de Jerez. Dicho perjuicio versó en la sospecha de que la ciudad de Jerez vendió a través de su Ayuntamiento la estación de autobuses a un precio sensiblemente menor al de mercado, lo que le provocó un perjuicio económico que llegó a cifrarse en casi seis millones de euros.

 

La sentencia impuesta por los magistrados de la Sección Octava condena a Pedro Pacheco y a su amigo José Luis López a un año y medio de prisión, lo que les supondrá al primero incrementar su estancia en la prisión. Pacheco está cumpliendo cinco años y medio  de cárcel por el ‘caso Asesores’, mientras que López no deberá entrar tras haber abonado la indemnización  por el juicio de la ‘Operación Karlos’ y haber pasado ya tres años desde que se dictara sentencia. Cabe recordar que el empresario se conformó en la vista inicial de la ‘operación Halcón’ con una pena que rondará los dos años de privación de libertad. A López aún la restará comparecer por otro asunto que se ha dado en llamar la ‘operación Lobo’.

 

Como es sabido, contra Pacheco y José Luis López se pedían hasta siete años de prisión por la venta fraudulenta de la estación de autobuses. En el mismo banquillo de los acusados se sentaba el ex gerente de Emusujesa, la empresa municipal del suelo, Miguel Ballesteros, que no deberá ingresar en prisión ya que la pena impuesta no supera los dos años y al hecho de estar, además, exento de antecedentes penales.

 

Contra Pacheco y Ballesteros la sentencia considera que son culpables de delitos de prevaricación en concurso medial con fraude a la Administración. Las penas impuestas por la prevaricación (hacer algo mal a sabiendas de que lo es en un ámbito administrativo) asciende a siete años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público alguno mientras que por el fraude a la Administración se impone el referido año y medio de prisión y otros seis años de inhabilitación.

Por su parte, el conocido empresario ubriqueño José Luis López así como su socio Francisco Chaves han sido condenados por la Sección Octava de la Audiencia Provincial por los mismos delitos, aunque como cooperadores necesarios para que dicha prevaricación y dicho fraude a la Administración pública pudieran llevarse a cabo. Todo ello viene a suponer penas idénticas. Es decir, año y medio de prisión además de seis meses de inhabilitación por la prevaricación y otros seis  por el fraude.

 

Quienes salen mejor parados de este caso son precisamente los tres testaferros, las personas que acudieron a comprar como empresarios la estación de autobuses y que en realidad trabajaban para José Luis López y su socio Chaves. Las penas impuestas son de prevaricación (con castigo a seis años de inhabilitación), seis meses de prisión por el fraude y otros tres de inhabilitación para cargo público por este cargo ya señalado. 

 

Los delitos de falsedad en documento oficial así como el de estafa, el más grave de los que se les acusaba en el juicio, no han sido considerados como un delito perpetrado por las personas que fueron juzgadas. En caso de condena la pena se habría visto sensiblemente incrementada para todos y cada uno de los siete acusados.

 

La sentencia considera que “Pedro Pacheco Herrera y Miguel Ballesteros, con motivo de la decisión del Consorcio Ferroviario de trasladar la Estación de Autobuses junto a la Estación de Renfe, ambos acusados decidieron iniciar el procedimiento de enajenación de dicho inmueble al quedar éste sin utilidad pública. En el proceso, se pusieron de acuerdo con Francisco Chaves López y José Luis López Fernández para vender a éstos el citado inmueble, con intención de beneficiarles, sin primar ni proteger los intereses del Ayuntamiento. En el curso del proceso de venta, Chaves y José Luis López no intervinieron personalmente, lo hicieron a través de los también acusados Ángel Monereo López, Vicente Cervera Ordóñez y Joaquín López Chamorro. Éstos acusados intervinieron en su condición de socio y administrador único de las entidades mercantiles Ingeniería Jienense S.L., Diseño y Construcciones Cervera S.L. e Híspalis de Arrendamientos S.L respectivamente. Chaves López y José Luis López utilizaron dichas entidades mercantiles como meros instrumentos para el desarrollo de sus actividades económicas y han llevado la gestión y el control de las mismas. Los administradores únicos de dichas sociedades son personas interpuestas al servicio de los acusados Francisco Chaves López y José Luis López Fernández que no han gestionado dichas sociedades”. 

Un hecho especialmente destacable es que la fecha en la que acaecieron los hechos ha sido determinante pues los delitos perpetrados son hoy en día castigados con mayor rigor por el Código Penal vigente actualmente en España. 

 

No en vano, las penas por fraude a la Administración iban cuando el caso estalló en 2006 de 1 a 3 años de prisión. Si el delito hubiera sido cometido en la actualidad las penas habrían estado comprendidas entre los 2 y los 6 de encarcelamiento una vez renovado el referido sistema de castigo legal.

 

Otro hecho relevante es que, como ya se ha señalado, al no haber estafa ni falsedad documental no habrá indemnizaciones. No está de más recordar el importe de las mismas, que era especialmente elevado. Así, cabe recordar que  la Fiscalía pidió a los acusados una indemnización conjunta y solidaria para el Ayuntamiento de Jerez por un importe de 1.695.000 euros, que a su juicio era la cantidad que el Consistorio jerezano no ingresó tras llevarse a cabo la operación en el año 2006. Eso sí, conforme el juicio fue progresando dicha cantidad se disparó hasta cerca de los seis millones de euros.

 

Para la Fiscalía la Estación  de Autobuses  se vendió mucho más barata de lo que realmente costaba. Así, se sostiene que cambió de manos por 2,7 millones, si bien el mercado inmobiliario de aquellos momentos marcaba que jamás debería haber sido vendida por menos de 4,4 millones. De ahí la primera solicitud de indemnización a las arcas públicas que se realizó.

 

La estación de autobuses de Jerez, ubicada en un lugar preferente del centro de la ciudad en la zona de Madre de Dios, tiene 4.000 metros cuadrados de superficie. La venta estaba concertada de antemano por Pedro Pacheco con un empresario afín y su socio. El debate sobre la forma en que fue vendida la estación de autobuses fue uno de los puntos que más se ‘machacaron’ durante la celebración del juicio. Detalles como si hubo o no concurso público, sobre si el ‘boca a boca’ era suficiente o si las informaciones en prensa se podían considerar publicidad de la puesta en venta de la estación de autobuses fueron ampliamente debatidos por las diferentes partes.

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