Jerez

La Cámara de Cuentas exige más control en las rebajas de impuestos a empresas

  • Alerta de la ilegalidad del procedimiento municipal para subvencionar el IAE y las tasas urbanísticas a nuevos negocios

  • Censura que se concedan sin "expedientes administrativos"

Un comercio del centro de la ciudad.

Un comercio del centro de la ciudad. / vanesa lobo

La Cámara de Cuentas ha cuestionado el procedimiento de concesión de subvenciones en algunos impuestos municipales a particulares y empresas que inician, amplían o trasladan su negocio a la ciudad. En un informe donde analiza los ingresos tributarios de varias entidades locales de la comunidad autónoma, advierte de que la ordenanza que regula la declaración de actividad económica de interés municipal en Jerez, que permite rebajas en tributos tales como el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) o licencias urbanísticas, incumple la legislación general de subvenciones.

El órgano fiscalizador se basa en los resultados recaudatorios del Ayuntamiento correspondientes a 2014 donde las reducciones por la declaración de actividad económica de interés municipal ascendieron a 246.986,93 euros. Sin embargo, la Cámara de Cuentas censura el procedimiento de concesión ya que, a su entender, prescinde "total y absolutamente del procedimiento establecido en la legislación general de subvenciones". En el periodo de alegaciones de elaboración de este informe, el Ayuntamiento argumentó que la concesión de esta ayudas viene regulada por una ordenanza municipal elaborada en 1995 y que fue modificada por última vez en 1999. Así, sostuvo que el procedimiento se sigue escrupulosamente siguiendo lo establecido en esta norma. Sin embargo, el ente fiscalizador autonómico alerta de que "no hay expedientes administrativos que amparen tales concesiones". En este sentido, le reprocha que estas se concedan con la autoliquidación de tributos que presenta el beneficiario cuando solicita la declaración de interés municipal, momento en el que se aplica automáticamente la minoración de la cuota tributaria. Por ello, en sus recomendaciones, este organismo demanda al Ayuntamiento un mayo control en la concesión de estas ayudas y queque haya más coordinación entre las áreas municipales implicadas "para evitar que se apliquen subvenciones vinculadas a los ingresos tributarios sin respetar el procedimiento mínimo establecido en la legislación general de subvenciones". La declaración de actividad económica de interés municipal puede ser solicitada por personas físicas o jurídicas para una actividad empresarial que, al menos, tenga una plantilla con un 50% residente en Jerez y estén al corriente con la hacienda local. Esta conlleva rebajas en el IAE entre el 10 y el 75% durante cinco años o reducciones de hasta el 100% en algunas licencias urbanísticas.

En su informe, la Cámara de Cuentas advierte de que la continuidad de este procedimiento puede conllevar responsabilidades para los gestores públicos. En este sentido, recuerda que el Tribunal Supremo ya consideró que son "nulas" todas aquellas "reducciones realizadas en las cuotas impositivas que no estén contempladas en la Ley General Tributaria o en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales" son nulas. Acto seguido, recuerda que el Ministerio de Hacienda ya apuntó el pasado año que en estos casos "no procede" la solicitud de devolución por parte de las entidades locales de los ingresos indebidos, "sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido el Ayuntamiento por el otorgamiento de la subvenciones declaradas posteriormente nulas por el Tribunal Supremo, o por su falta de competencia en el establecimiento de un beneficio fiscal no amparado por una norma legal".

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