Jerez

Condenan a un notario a tres años de prisión por falsedad en documento público

  • En el fallo se propone además el "indulto parcial" de la pena para que "quede reducida al límite" y permita su suspensión

Un notario de Jerez ha sido condenado a tres años de prisión, una pena de multa de seis meses con cuota diaria de 20 euros y una pena de inhabilitación especial por tiempo de dos años para la profesión de notario. Así lo publicó ayer Canal Sur, informando que en el fallo se culpa a G.G.M. "como autor penalmente responsable de un delito de falsedad en documento público". Sin embargo, en el mismo documento se solicita el indulto del profesional, señalando que "haciendo uso de la facultad prevista en el artículo 4.3 del código penal, proponemos que en su momento por el Gobierno se conceda un indulto parcial en cuanto a la pena de prisión, de modo que la misma quede reducida a un límite que permita su suspensión si se cumpliesen los demás requisitos aplicables".

En el pasado mes de marzo se conoció que el Juzgado de Instrucción número 1 de Jerez había encontrado indicios de delito en la actuación de dicho notario, después de que destruyera una escritura y elaborara otra más acorde con las necesidades de sus clientes. Los hechos, según se desprendió de la instrucción llevada a cabo, se remontan al 20 de abril de 2012, cuando la viuda, la hija y el hijo de un hombre fallecido otorgaron ante el notario escritura pública "conteniendo disolución del régimen de gananciales, declaración de obra nueva, renuncia y adjudicación de herencia". Cabe destacar que el hijo renunció a la misma por motivos fiscales, cediendo dicha herencia a madre y hermana. "Una vez expedida copia simple de la referida escritura ", la viuda acudió a las oficinas de la Agencia Tributaria en Jerez, en la plaza de las Marinas, donde fue atendida por una funcionaria del Cuerpo de Administradores de la Junta de Andalucía.

Tras cumplimentar los correspondientes documentos, se le informó que la hija estaba obligada a pagar 21.000 euros y fue por ello por lo que acudieron al notario G.G.M. Según el Juzgado de Instrucción, se procedió a "documentar bajo idéntica data y número de protocolo una escritura pública de contenido diverso, esto es, de adjudicación de herencia testada y declaración de obra nueva, constando en la misma la aceptación de la herencia por parte de ambos hijos". Cabe destacar que este 'cambio' permitía que los dos hijos quedaran exentos del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

El juez instructor señaló igualmente que en los autos consta que "por parte de la notaría se emitieron dos facturas con idéntico número de protocolo, una sellada y pagada a fecha de 26 de abril de 2012 por importe de 1.426,17 euros, y una segunda pagada a 15 de mayo de 2012 por un importe de 1.598,87 euros". Para el juez instructor, las pruebas practicadas así como las documentales requeridas dejaron claro que había indicios suficientes para entender que el referido notario podía ser el autor responsable de un delito de infidelidad en la custodia de documentos y un delito de falsedad en documento público, aunque según lo conocido ayer, sólo ha sido condenado por este último delito.

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