Jerez

Más de un centenar de consultas sobre las ayudas a la rehabilitación

  • Al asesoramiento presencial en Emuvijesa se une la difusión realizada en redes sociales

  • Las subvenciones para viviendas y edificios oscilan entre el 40 y el 75% del presupuesto

Sede de Emuvijesa, en la calle Curtidores.

Sede de Emuvijesa, en la calle Curtidores. / Pascual

La delegación de Vivienda ha atendido a más de un centenar de personas interesadas en acogerse a las ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios enmarcadas en el Programa de Rehabilitación de Viviendas y Edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía acogidas al Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 y al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Según ha informado el Ayuntamiento, esta información presencial, además de la telefónica, se ha complementado desde Emuvijesa (Empresa Municipal de Vivienda de Jerez) a través de la difusión en su página web y redes sociales desde donde ha llegado la información a más de 10.000 usuarios de estas redes.

La delegada de Vivienda, Ana Hérica Ramos, ha incidido en señalar que “es una muy buena noticia que más de un centenar de personas se hayan acercado a Emuvijesa para informarse de estos programas. Quiero destacar la labor del personal técnico de la delegación de Vivienda, que tienen la encomienda de estar cerca de la ciudadanía y asesorar para que los jerezanos puedan beneficiarse de cualquier tipo de ayuda que suponga mejorar las condiciones de las viviendas. Avanzamos en ese sentido y con el compromiso de estar cerca de las personas, que es nuestra principal misión”.

El perfil del demandante de información ha sido de forma mayoritaria la de propietarios de viviendas individuales, siendo en menor medida la petición de información para comunidades de edificios y no significativa en la de arrendatarios. Además, desde el Ayuntamiento aseguran que es destacable el interés mostrado “por parte de todas las entidades locales autónomas de población y barriadas rurales de nuestro término municipal”.

Las ayudas para la rehabilitación de viviendas están dirigidas a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad. En cuanto a las subvenciones para la rehabilitación de edificios, su finalidad es la de contribuir a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

Estas ayudas, a tramitar mediante concurrencia competitiva, podían ser solicitadas tanto por propietarios como arrendatarios, así como por comunidades de propietarios. Las ayudas propuestas oscilan entre el 40% y el 75% del presupuesto dependiendo de la situación de los beneficiarios y la actuación que se lleve a cabo. Además, se presta especial atención a ingresos por debajo de tres veces el IPREM, personas mayores de 65 años, personas con discapacidad y otros casos de especial atención.

Procedimiento administrativo

Una vez finalizado el plazo de presentación, las solicitudes serán revisadas por los servicios técnicos de la delegación territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, que publicará el listado del acuerdo de subsanación con aquellas solicitudes que han de completar datos imprescindibles para su continuación en el procedimiento.

Los solicitantes podrán seguir todo el procedimiento a través de la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Tras la finalización del plazo de subsanación de solicitudes, se publicará el listado de solicitudes desistidas por falta de subsanación o subsanación incorrecta de la solicitud. Una vez analizadas las solicitudes admitidas definitivamente se publicará el listado de beneficiarios provisionales ordenados de mayor a menor puntuación según la autobaremación realizada.

Tras la publicación del listado provisional, las personas beneficiarias provisionales y suplentes deben presentar en el plazo de 10 días la documentación requerida. Finalizará este proceso con la publicación de la resolución de la concesión de subvenciones con el listado de beneficiarios definitivos.

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