Jerez

La Fiscalía pide 535.000 euros para un trabajador que quedó tetrapléjico

  • Un transportista de mercancías cayó desde nueve metros de altura al romperse el techo de una nave tras encargarle sus jefes una reparación propia de un albañil

Su trabajo era conducir, pero un día en que no había faena (era día del Corpus en Sevilla, adonde debía llevar carga) su jefe le ordenó que subiera al tejado de la nave con un compañero a tapar un hueco que había en el tejado. El conductor, de 25 años, se metió a albañil y acabó cayendo dentro de la nave después de que el techo cediera bajo su peso. La mesa de madera sobre la que cayó le salvó la vida, pero no la movilidad. Desde entonces está en silla de ruedas aquejado de una parálisis. Este caso, juzgado recientemente en Jerez, ha provocado que la Fiscalía haya solicitado una indemnización de más de 500.000 euros para Francisco Javier Z. G. por las secuelas sufridas como consecuencia de un accidente que pudo ser evitable con una serie de medidas de seguridad que no se aplicaron.

En su relato de los hechos, la Fiscalía apunta que el día de los hechos el acusado Miguel C. C., socio de la empresa de transporte de mercancías junto a su cónyuge, María Dolores V. H., ordenó a sus trabajadores realizar una tarea "que no correspondía a su puesto de trabajo, para la que no estaban cualificados, para la que no les había proporcionado información, ni formación frente a los riesgos de trabajos en altura, ni había corregido el riesgo de caída al pisar las planchas termoplásticas, omitiendo asimismo el deber de dotarles de medidas de seguridad colectivas (redes, barandillas ) e individuales (casco, guantes, botas, arnés o cinturón de seguridad)".

Tanto el trabajador herido como su compañero, Carlos Gustavo D. C., habían sido contratados con categoría profesional de conductores. Fue el 21 de mayo de 2008, cuando los dos acusados convinieron en que, si bien al día siguiente era Fiesta del Corpus Christi en Sevilla, localidad de destino de la mercancía que transportaban, los trabajadores debían emplear la jornada en otras tareas de mantenimiento de la nave que normalmente alojaba los camiones y otros enseres de la empresa, sita en la carretera que une Guadalcacín con Nueva Jarilla.

El dueño alquiló una elevadora de personas que fue entregada el día de autos, el 22 de mayo de 2008 en la citada nave, donde los dos socios de la empresa, de común acuerdo, habían citado a sus trabajadores, dando a tres de ellos la orden de subir al techo de la nave para realizar la tarea de tapar con mortero de cemento y arena los agujeros existentes.

Fue a las 13,00 horas, según mantiene la Fiscalía, cuando los trabajadores Francisco Javier Z. G. y Carlos Gustavo D. C. montaron en la plataforma que los elevó hasta la cubierta de la nave y, cumpliendo las órdenes del acusado accedieron al techo de la nave "desprovistos de toda medida de protección individual y colectiva, siendo así que la chapa termoplástica del tejado no aguantó el peso y cedió, precipitándose al vacío el trabajador Francisco Javier Z. G. desde una altura de 9 metros, cayendo al interior de la nave sobre una mesa de madera que amortiguó el impacto contra el suelo".

Como consecuencia el joven de 25 años de edad sufrió lesiones que le dejaron incapacitado por gran invalidez. Las lesiones fueron terribles: traumatismo craneofacial, traumatismo vertebral, fractura con estallido de las vértebras séptima cervical y primera dorsal, tetraparesia, lesión medular aguda y fractura de la muñeca derecha. Tras ser operado el joven herido necesitó de 230 días para la estabilización de las lesiones ya descritas. Estuvo 35 días hospitalizado en la UCI, 22 días estuvo en rehabilitación y otros 90 días en neurorehabilitación. Las secuelas provocaron que el equipo de valoración de incapacidades de la Dirección Provincial del INSS resolviera la declaración del trabajador como incapacitado permanente en el referido grado de "gran invalidez". Entre dichas secuelas se encuentra una tetraplejia-síndrome medular transverso completo, así como una incongruencia articular del radio con desviación de 20 grados.

Por todo ello, la Fiscalía acusa a los socios de la empresa de sendos delitos contra los derechos de los trabajadores por vulnerar la prevención de riesgos laborales que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. También se les acusa de un delito de lesiones causadas por imprudencia grave. Por ello se solicitó un año y medio de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de nueve meses con una cuota diaria de 12 euros. Además, a los acusados se les solicitó la pena accesoria de inhabilitación especial para dirigir, gestionar y administrar empresas durante el tiempo de cumplimiento de la condena. A todo ello se une la solicitud de una indemnización por la cantidad de 535.294, 14 euros por las lesiones y secuelas sufridas por el trabajador.

La sentencia del tribunal acerca de estos hechos se conocerá en breve.

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