Jerez

Recurren ante el TSJA la sentencia por el crimen del botellódromo

  • La familia pide que se castigue al único condenado a 10 años y su defensor, que se le rebaje a sólo tres

Tanto Alfredo Velloso, el abogado que representa los intereses de la familia del menor que fue muerto a cuchilladas en el botellódromo el 21 de julio de 2012, como Manuel Hortas, el letrado que defiende al único condenado por este caso, han formalizado sendos recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de cara a que éste revise la sentencia que un jurado popular impuso a Jaime D.R. Lógicamente, ambos hombres de leyes lo hacen con fines radicalmente distintos: Velloso pide, a petición de la familia, que el condenado a 7,5 años de prisión no salga de presidio antes de diez años, mientras que Manuel Hortas, su defensor, pide al alto tribunal andaluz que reconsidere la sentencia y le condena a tres años de prisión, lo que de facto le dejaría en libertad inmediata.

Como se recordará, el joven que fue acusado de ceder el arma homicida al principal acusado fue absuelto (y es que nadie le vio hacer semejante cosa), mientras que Jaime D.R., acusado de la muerte, fue condenado por homicidio pero con eximentes tales como defensa propia y miedo insuperable.

Para Velloso, está absolutamente claro que hay un ánimo de matar por parte del condenado, como lo demuestra en su opinión el hecho de que a pesar de ser de mayor edad y más corpulento que su víctima le asestara una cuarta puñalada que resultó mortal en la zona del esternón, es decir, en mitad del pecho. Viene a preguntarse el abogado de la familia acerca de qué defensa propia puede haber en alguien que asesta cuatro puñaladas a otra. De otro lado, también solicita tanto al condenado como al Ayuntamiento de Jerez (como responsable del botellódromo) a que indemnice a los familiares de Jairo Gómez con 250.000 euros.

Por su parte, Manuel Hortas, defensor del único condenado, sostiene preceptos bien distintos. De un lado, Hortas recuerda que las pruebas ya fueron valoradas en la sala por un tribunal popular, por lo que no cabe ahora una valoración del alto tribunal. Igualmente, sostiene que aunque pudo haber un exceso en el medio en que se ejerció la legítima defensa (cuatro puñaladas) nada contradice el hecho de que este legítima defensa, como señalara la sentencia, fuese necesaria. Argumenta que el miedo insuperable "tenía una base real", algo que el Supremo considera como esencial para que dicha eximente pueda ser aplicada en alguno de sus grados. Para terminar, Hortas considera excesiva la pena y pide al TSJA que rebaje la misma a tres años.

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