Jerez

Visto para sentencia el juicio de faltas contra el ex escolta de la alcaldesa

  • El militante de IPJ solicita al tribunal una pena de multa por los incidentes del pasado marzo

Juan Carlos Jiménez García, ex escolta de la alcaldesa de Jerez y jefe de gabinete de la Alcaldía, negó ayer -según la parte denunciante- ante la titular del Juzgado de Instrucción 4 la denuncia que, por una supuesta falta de retención ilegal, coacción y amenazas, fue presentada el pasado 18 de marzo por José Luis Virués, militante de la agrupación Iniciativa Progresista de Jerez (IPJ).

El juicio de faltas se celebró ayer en los juzgados jerezanos y en el mismo testificaron, además del propio Virués y Juan Carlos Jiménez, el coordinador de IPJ, José Hurtado Chacón, y uno de los policías locales que atendieron la llamada que, supuestamente, hizo el ex escolta dando cuenta de que una persona se negaba a facilitarle la documentación. Los hechos, según la denuncia, se produjeron en la tarde del 18 de marzo, en San Joaquín, en el momento en que Virués fue abordado por el denunciado cuando se disponía a colocar una pegatina con el lema "Alcaldesa, ya somos 18.000 parados". Virués alegó que Jiménez, que iba de paisano, bajó de su vehículo y le requirió la documentación, a lo que este se negó al no haberse identificado como policía, que su comportamiento fue agresivo y que le retuvo hasta tanto llegara una patrulla del 092, que identificó a Virués y permitió que se marchara.

En su declaración, Virués confirmó todos estos extremos, mientras que Hurtado describió que presenció el incidente desde su coche y que advirtió que Jiménez llamó a los agentes de la Policía Local. Aseguró además que, seguidamente, ambos fueron seguidos por el policía a bordo de un BMW color negro y que éste comenzó a realizarles fotografías. Según la versión dada ayer por el coordinador de IPJ, Juan Carlos Jiménez -que no quiso hacer ninguna declaración ayer- negó el supuesto incidente y dejó claro que se encontraba haciendo una ronda rutinaria en esa zona por tener su residencia cerca del lugar. La representación de Virués ha solicitado al tribunal la imposición de una pena de multa de diez a veinte días a razón de cincuenta euros diarios, como recoge el artículo 620.2 del Código Penal, que castiga la amenaza o coacción de carácter leve, salvo que los hechos puedan ser constitutivos de delito, lo que deberá decidir el Ministerio Fiscal.

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