Cinco años de cárcel por abusar sexualmente de su hija en Jerez
El TSJA ratifica la pena que la Audiencia Provincial le impuso a finales de 2023
La víctima tenía siete años cuando ocurrieron los hechos delictivos
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de cinco años de prisión a un padre que abusó sexualmente a su hija, que por entonces tenía siete años de edad. Confirma así el fallo que emitió la sección octava de la Audiencia Provincial tras el juicio celebrado a finales de 2023.
Los hechos juzgados ocurrieron entre 2019 y 2020 cuando el agresor cometió las agresiones aprovechando el régimen de visitas que tenía asignado para pasar el fin de semana con sus hijos. Fue la propia víctima la que le comentó a sus familiares lo ocurrido con su padre, tras lo que se iniciaron las correspondientes diligencias judiciales que fueron practicadas por el Juzgado de Instrucción número 5 de Jerez y que derivó en la vista oral celebrada en la sede jerezana de la Audiencia Provincial a mediados de diciembre de 2023.
Tras el juicio, el tribunal provincial consideró probado que el entonces procesado había cometido las agresiones sexuales. Para empezar, consideró que la declaración del acusado, que en todo momento negó los abusos, "no había sido creíble" efrente a la de la víctima realizada en fase de instrucción que tuvo siempre un "testimonio claro, coherente y persistente". Tal y como establece la jurisprudencia, la Audiencia Provincial valoró que en la denuncia de la menor había una ausencia de incredibilididad subjetiva —no había un motivo espurio ni de venganza en su denuncia—, verosimilitud en lo relatado y persistencia en la incriminación. A esto se sumó los informes psicológicos y forenses realizados por los peritos judiciales.
Ante esto, la Audiencia Provincial estableció una condena de cinco años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales, además de imponerle la libertad vigiliada por tiempo de seis años y la obligación de indemnizar a la víctima con 6.000 euros.
Tras el fallo, la defensa del condenado presentó un recurso ante el TSJA, tribunal que en un fallo firmado el pasado 8 de enero ha rechazado en su totalidad. La sección de apelación penal de la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reitera que el relato mantenido por la víctima ya fue considerado "verosímil, convincente y veraz" por la Audiencia Provincial, sin que haya encontrado "base para desautorizar esta conclusión".
Para empezar, insiste en que "no se aprecia ni se alega la presencia de motivos de malquerencia, voluntad de perjudicar ilícitamente" "u otra intención similar" contra el ahora condenado. Apunta nuevamente que el relato de la menor "es verosímil y ha sido mantenido por la misma de modo estable, coherente y sin contradicciones relevantes desde que reveló a su madre lo ocurrido". Además, advierte de que el testimonio de la víctima no es la "única" prueba", sino que "aparece reforzado por otras vías probatorias externas" como son la declaración prestada por la madre, o el "informe emitido por las psicólogas" que "han confirmado la ausencia de indicadores de animadversión hacia el padre, de sugestión o influencia de terceros y de fabulación en el relato expuesto por la menor", una apreciación esta última que "comparte el psicólogo forense".
El fallo aún no es firme y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.
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