Jerez

Las normas diocesanas se modifican por una "posible indefensión"

El obispo de la diócesis de Asidonia-Jerez, José Mazuelos Pérez ha modificado, mediante decreto, dos artículos de las actuales normas diocesanas de hermandades y cofradías que rigen las corporaciones nazarenas.

Según se desprende en dicho decreto, esta modificación del articulado se propicia "para ejercer una aplicación justa y misericordiosa de las penas canónicas, siempre dirigidas a ser remedio espiritual de los fieles".

En este sentido, la modificación se centra en el artículo 90.2 que quedará a partir de ahora redactado de las siguiente manera: "El cese temporal de un hermano quedará establecido por el tiempo que se estime oportuno a todas las circunstancias que concurran en el caso".

Teniendo presente que en la Iglesia nadie puede ser condenado a perpetuidad, a partir de este momento, señala Mazuelos Pérez, "el término 'cese perpetuo' queda sustituido en dicha normativa por el término 'cese indefinido' con el significado jurídico que el nuevo termino conlleva.

En otro orden de cosas, también se ha dispuesto por parte del prelado que "los actos judiciales y administrativos relativos a una posible indefensión o desconocimiento -citaciones, decretos sentencias y otros actos judiciales y administrativos- una vez agotados los medios ordinarios y hechas las debidas diligencias, puedan ser publicados con efecto de citación o comunicación válida a través del emplazamiento por edicto por medio de uno de los tablones de comunicación establecidos en la Sede del Obispado o del tribunal eclesiástico, e incluso por medio de su publicación en la página web oficial del obispado de Asidonia-Jerez.

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