Nuevo giro en la investigación

La Audiencia deja en libertad a otra acusada del "crimen de las cuñadas"

  • Dos de los tres procesados están ya libres y sólo permanece en prisión un tercer sospechoso tras el vuelco de la investigación y la devolución de la causa al juzgado de Instrucción

Los tres acusados, en los juzgados de Sevilla.

Los tres acusados, en los juzgados de Sevilla.

La Audiencia de Sevilla ha acordado la puesta en libertad de Rosa N. S., una de las acusadas del asesinato de Anabel Deza Vázquez, la joven que fue asesinada el 19 de abril de 2016 en su domicilio de La Rinconada tras haber recibido una brutal paliza en la que le propinaron además 61 puñaladas. La excarcelación de Rosa N. S. se produjo después de que en julio pasado la Audiencia ya decidiera dejar en libertad a su hermana Elena, que como ella llevaba más de dos años en prisión provisional, lo que provocó un auténtico vuelco al caso y la devolución del sumario, que estaba ya listo para ser enjuiciado por un jurado popular, al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

Con la excarcelación de esta segunda sospechosa, ya sólo queda en prisión un tercer acusado, Francisco Javier M. R., el novio de Rosa, según han confirmado a este periódico fuentes judiciales.

La excarcelación de Elena Navarro en julio pasado se produjo después de que una testigo protegido negase rotundamente la participación de esta joven en el crimen, en el transcurso de una rueda de reconocimiento practicada el pasado 5 de julio a instancias de su abogado defensor, Enrique Rojo.

Una vez practicada esa rueda de reconocimiento, ni la Fiscalía de Sevilla ni la Junta de Andalucía, personada como acusación particular en la causa, se opusieron a la puesta en libertad de la joven, que abandonó la cárcel. Es más, la Junta consideró que tras esa prueba estaba justificado que se decretase la puesta en libertad, siempre y cuando Elena Navarro reiterara el contenido de una carta mecanografiada enviada supuestamente por la acusada –para lo cual la Junta pedía que firmara dicha carta– y en la que explicaba cómo habían ocurrido los hechos.

La causa contra los tres acusados –junto a Elena fueron procesadas su hermana Rosa y el novio de ésta, Francisco Javier M. R.– estaba ya en la Audiencia de Sevilla, donde iba a ser enjuiciada por un jurado popular que iba a ser presidido por la magistrada de la Sección Séptima Esperanza Jiménez Mantecón, quien dictó el auto de libertad de Elena Navarro, quien no obstante sigue investigada en la causa y deberá comparecer en el juzgado dos veces al mes.

En el auto, la magistrada recuerda que en este caso “ni existe acusación que interese el mantenimiento de la medida cautelar ni resultaría adecuado a la vista del giro que la causa ha tomado mantener a Elena Navarro en prisión, lo que ha de llevara que se modifique la medida, si bien, siendo aún acusada”, su libertad va acompañada de esa obligación de comparecer regularmente en el juzgado.

La Audiencia rechaza asimismo supeditar la libertad provisional a la firma de una carta que en su día mandó la acusada al órgano judicial, puesto que “las causas que deben motivar la decisión están en única y directa relación con las circunstancias que afecten propiamente a la afectada”.

El tribunal recuerda en el auto que Elena N. llevaba en prisión desde el 23 de abril de 2016 y que dicha situación fue prorrogada en marzo pasado, con lo que llevaba más de dos años privada de libertad. El auto destaca precisamente que la joven no fue identificada en la rueda de reconocimiento fotográfico y que ninguna de las acusaciones se ha opuesto a su salida de prisión.

De hecho, el fiscal del caso, Gabriel González, pidió que los autos sean devueltos al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla “dados los nuevos elementos surgidos tras la práctica del reconocimiento, siendo relevantes para la instrucción de la causa y alterando el curso de la misma”.

Decía el representante del Ministerio Público que es preciso que la causa vuelva a instrucción para “acomodar las actuaciones a las circunstancias nuevas, lo que implica la necesidad de retrotraer las actuaciones a fin de proceder a la declaración de la nulidad parcial de aquellas resoluciones que supusieron la continuación contra los actuales tres investigados, siendo en sede instrucción donde se deberá valorar la apertura de una nueva línea de investigación, previo traslado a las partes personadas para que informe sobre el momento de retroacción de actuaciones”, según precisaba el fiscal en un escrito dirigido al tribunal del jurado, al que tuvo acceso este periódico.

La Fiscalía de Sevilla había reclamado una condena de 25 años de prisión para los tres acusados, al considerar que sometieron a la víctima, madre de cuatro hijos, a una “brutal, despiadada y repetida paliza” y le infligieron un “grave martirio”.

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