Tráfico

DGT: Multa de hasta 500 euros por copiar en el examen

DGT: Multa de hasta 500 euros por copiar en el examen

DGT: Multa de hasta 500 euros por copiar en el examen

El anteproyecto de ley que modificará la actual Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado año, todavía tiene que superar la tramitación parlamentaria, por lo que podrían producirse cambios.

No obstante, del texto ya se puede extraer el endurecimiento de las sanciones sobre algunas conductas muy arraigadas en el conductor y que ponen en peligro la seguridad de todos. Velocidad, adelantamiento, uso de dispositivo móvil… la reforma afecta a muchos hábitos de los conductores, pero también a los que de momento aún no lo son.

Copiar tiene multa

Lo recordaba ayer la propia DGT en su perfil de Twitter. Tráfico comunica que en la nueva Ley de Seguridad Vial se incluye una infracción muy grave: cometer fraude en los exámenes de conducir usando dispositivos de intercomunicación. Para este tipo de acciones, la sanción supondrá 500 euros de multa y hasta seis meses sin poder examinarse.

Lo que ha sido copiar de toda la vida, ahora supone un doble cargo: el económico, y el que te inhabilita para examinarte durante medio año.

Cuidado con el móvil

No es la única novedad en materia de seguridad. Entre otras cosas, se perderán seis puntos del carnet si conducimos con el móvil en la mano (ahora son tres). En la DGT justifican este cambio porque desde 2016 las distracciones son la causa principal de los accidentes de tráfico y muchas están provocadas por los móviles.

En concreto, en 2019 (últimos datos conocidos), las distracciones causaron el 28% de los accidentes mortales y se llevaron la vida de 359 personas.

Por ello, la nueva reforma afecta a la recuperación de puntos perdidos en el carnet. Hasta ahora, para que un conductor pudiera recuperar su saldo inicial de puntos, se tenía en cuenta si la sanción previa había sido catalogada como grave o como muy grave, siendo necesario una espera de dos años para el primer caso y de tres años para los casos muy graves.

Ahora, el criterio se unifica, y será necesario que transcurra un periodo de dos años sin cometer ninguna sanción que lleve la detracción de puntos para recuperar así el saldo inicial de los mismos.

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