Provincia de Cádiz

Absuelto de abusar de una joven en un portal del centro de Cádiz

  • La Audiencia considera que el acusado y la denunciante mantuvieron relaciones sexuales consentidas

La Audiencia Provincial ha absuelto a un joven gaditano acusado de abusar sexualmente de una chica en un portal de la calle Manuel Rancés de la capital en el invierno de 2016. El tribunal de la Sección Cuarta considera que el procesado y la denunciante mantuvieron relaciones sexuales consentidas y que cuando ella le pidió que parase, él cesó "inmediatamente".

La Fiscalía solicitaba para el encausado seis años de prisión mientras que la acusación particular planteaba una pena superior: ocho años de cárcel. Ambas acusaciones pedían, además, una indemnización a favor de la mujer de 15.000 euros.

La sentencia, que puede ser recurrida, recoge que en la madrugada del 24 de enero de 2016, el acusado estaba en un pub, sito en la punta de San Felipe, bailando y bebiendo con una chica de 22 años y nacionalidad extranjera que había entrado momentos antes. Ambos salieron juntos del referido local con síntomas evidentes de previa ingesta de alcohol o tóxicos. Se dirigieron hasta la calle Manuel Rancés y allí se introdujeron en un portal para mantener relaciones sexuales. En un momento dado, la chica pidió al acusado que parase y éste cesó "de inmediato".

La denunciante fue encontrada por un vecino sobre las 6:00 horas del citado día llorando y vomitando semidesnuda, escondida entre una moto y la pared. El inquilino bajó al portal alertado por los ruidos que oyó y que identificó como un forcejeo.

Más tarde, sobre las 14:00 horas, la joven fue examinada en el Hospital Puerta del Mar. Los especialistas hallaron un pequeño hematoma de cuatro milímetros en el borde himeneal derecho.

La clave de este asunto se ha centrado en esclarecer si las relaciones mantenidas entre el acusado y la querellante fueron forzadas. Según el tribunal, la versión expuesta por la querellante en la vista oral arrojaba "dudas". La joven dijo "no recordar si estaba muy borracha o sólo un poquito", pues habían pasado ya dos años desde aquella madrugada. Señaló además que "no sabía quién le había hecho eso". "Un hombre de tez morena, pero no tengo una cara", añadió.

La resolución judicial apunta también que la denunciante no manifestó ni a los médicos ni a los policías que la atendieron aquel día que hubiese sido víctima de una agresión sexual.

El tribunal de la Sección Cuarta no considera acreditado que la mujer tuviese anulada o considerablemente limitada su capacidad de entendimiento y su voluntad por la ingesta de alcohol. Un informe forense aportado a la causa no detectó en la denunciante "sustancia alguna ni el grado de alcoholemia declarado". La querellante incluso testificó en el juicio que "estaba acostumbrada a beber" y que "esa noche sólo había bebido dos gintonics".

"Partiendo de todo lo expuesto, entendemos que no existe prueba de cargo suficiente para enervar la presunción constitucional de inocencia del acusado o, cuanto menos, que existe una duda razonable que excluye la certeza que viene exigida para el dictado de una sentencia condenatoria", concluye la resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel Feliz.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios