Provincia de Cádiz

Absuelto un acusado de traficar con cocaína que tenía en su casa 39 gramos

  • La sentencia también absuelve a otro procesado en cuyo domicilio había un invernadero con 19 plantas de marihuana

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a dos procesados en un caso de tráfico de cocaína y éxtasis para quienes el fiscal solicitó en el juicio 6 y 11 años de prisión. Uno de ellos tenía en su casa 39 gramos de cocaína y 12.535 euros; el otro, un invernadero con 19 plantas de marihuana y seis semilleros. Ambos explicaron que la cocaína y la marihuana eran para autoconsumo. El tribunal considera que las conversaciones telefónicas grabadas durante la investigación no prueban de modo inequívoco que esos dos procesados se dedicasen al tráfico de drogas.

La sentencia, que no es firme, sí ve probado en cambio que otros ocho procesados en la misma causa formaban dos grupos independientes que traficaban con cocaína y éxtasis en la Bahía de Cádiz y que guardaban la droga en viviendas de Puerto Real, Cádiz y Rota. Todos ellos fueron detenidos durante una operación policial desarrollada por la Policía a lo largo de varios meses de 2007.

La resolución los condena a penas que van desde los 2 años a los 10 años impuestos a uno de los acusados: R.C.G., vecino de Rota, de 25 años de edad. La sentencia relata que ese procesado viajó el 12 de abril de 2007 a Sevilla acompañado de la acusada E.M. y que allí un hombre le entregó un paquete con dos bolsas. Que una de ellas contenía 270 gramos de éxtasis y la otra, 229 gramos de la misma sustancia. El tribunal ha condenado a E.M. a dos años de prisión como cómplice de un delito contra la salud pública.

La segunda pena más elevada de la sentencia, 7 años de prisión, corresponde a A.G.D., vecino de Cádiz, nacido en 1964. La resolución explica que el 26 de enero de 2007, ese procesado acude a la vivienda de su hermano J.G.D., en Puerto Real, y que allí recoge seis paquetes que contienen unos 200 gramos de cocaína.

La tarde de esa fecha, relata la sentencia, el procesado M.G.B. estaba esperando a A. en una calle de Cádiz y llevaba encima 1.125 euros para pagarle a éste parte de la cocaína.

Además de la contenida en los seis paquetes, A. almacenaba en una caja de seguridad en casa de su hermano una bolsa de plástico con 979 gramos de cocaína y otra con 493 gramos en roca y 34 gramos en polvo, según precisa la resolución. En la misma caja, agrega, había 7.350 euros, una balanza de precisión y joyas.

La sentencia condena a J.G.D. a 2 años de prisión como cómplice de un delito contra la salud pública. A M.G.B., el tribunal lo condena a 4 años de prisión.

El tribunal indica, al argumentar la absolución del procesado en cuya casa había 39 gramos de cocaína, que los términos y las expresiones empleadas y el significado de lo que se dice en las conversaciones telefónicas grabadas en las que interviene se corresponden con lo que podrían hablar un consumidor y quien le suministra droga. Ese procesado, agrega, era consumidor de cocaína.

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